EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN Nº 602
Art. 1).- AUTORÍZASE a la EMPRESA TELECOM ARGENTINA S.A. para la ejecución de trabajos en la vía pública para la construcción de cañerías y colocación de postes para ampliación de plantel, en los sectores que a continuación se detallan:
- 114- 9 de Julio, 116- López y Planes entre 119- Gdor. Pujol y 125- Rafaela
- 125- Rafaela y 100- Avda. de los Colonizadores
- 106- Castelli entre 121- Maipú y 125- Rafaela
- 98- Chacabuco, 127- Combate de San Lorenzo, 129- Vélez Sarsfield y 104- Lehmann
- 106- Castelli, 127- Combate de San Lorenzo, 112- Avellaneda, 125- Rafaela.
La obra consiste en la construcción de 194 metros de cañería (4 caños de 87/90). Los cruces de la calzada de calle 125- Rafaela y calle 123- Ing. Gadda, se harán con tunelera. Se colocará un armario en calle 125- Rafaela y 106- Castelli y se construirá una cámara DV5. En calle 125- Rafaela y 100- Avda. de los Colonizadores se construirá una cámara DV4 y se instalarán 18 metros de cañería (2 caños de 45/50). En 100- Avda. de los Colonizadores y 127- Combate de San Lorenzo se construirá una cámara DV4 y se instalarán 52 metros de cañería (2 años de 45/50) más un cruce de calzada con tunelera de longitud 16 metros. La obra civil comprende en total la colocación de 72 postes de madera y 29 riendas tensoras y 280 metros de conducto subterráneo, según las trazas que se detallan en los planos adjuntos.
La obra civil consiste en el cavado de pozos, colocación de postes y riendas, canalización y tendido de cañería PVC con la señalización y prevención correspondiente. Los postes a colocar en vereda son de madera dura de 10 metros de altura, en pozos de 1,40 metros de profundidad. Los trabajos de canalización se realizarán con pala de mano y con tunelera en calle a la profundidad indicada. Luego de finalizado el tendido se procederá al relleno y compactación de la zanja para posteriormente limpiar la zona. Se adjuntan planos de fojas 10, 11, 12, 13 y 14 que forman parte de la presente.
Art. 2).- La Empresa Telecom Argentina S.A. será la única responsable por los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Septiembre 30 de 2010.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL ANTONIO DE PACE | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |