Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Decretos 07-12-1995

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA EL SIGUIENTE

DECRETO Nº 145

Art. 1).- ESTABLÉCESE el nombramiento del Sr. OMAR CEFERINO STEFFEN, D.N.I. Nº 16.346.145,. domiciliado en calle 95- Gral. Paz 1704 como agente administrativo permanente del Concejo Municipal.

Art. 2).- A fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 1) del presente, dicho agente deberá renunciar a la planta del personal permanente de la Municipalidad de Esperanza, debiendo ser incorporado en forma simultánea y con la antigüedad que registra a la fecha como personal administrativo permanente del Concejo Municipal.

Art. 3).- El Sr. Omar C. Steffen revestirá en la Categoría 19, percibiendo por sus tareas los haberes correspondientes a dicha categoría con más los aumentos, beneficios, adicionales, complementos y licencia anual ordinaria que legalmente correspondan, siendo de aplicación el Estatuto y Escalafón del personal de Municipalidades y Comunas de la Provincia, Ley Nº 9286/83 y por el Régimen de Licencias, Justificaciones, Franquicias y Anexos del personal de Municipalidades y Comunas de la Provincia, Ley Nº 9256/83. Efectuándose todas la retenciones que sean de aplicación.

Art. 4).- El nombrado cumplirá con lo siguiente:

a) Realizar las tareas administrativas específicas del Concejo Municipal y toda otra que le encomiende la Presidencia y/o la Secretaría del Cuerpo, dependiendo directamente de la Secretaria e inmediatamente del Presidente.

b) Organizar y mantener al día el archivo y biblioteca del Concejo Municipal, conjuntamente con la Secretaria del Cuerpo.

c) Estará a cargo del sistema computarizado del Concejo Municipal, tomando los recaudos necesarios a fin de que se logre una mayor optimización del mismo.

d) Reemplazará al Secretario/a por eventual ausencia del mismo/a de manera que no se altere el normal funcionamiento del Concejo Municipal y hasta tanto sea nombrado el Pro-Secretario de este Cuerpo.

Su jornada de labor y horario, será el establecido para el personal de la Municipalidad de Esperanza, pudiendo la Presidencia variar dicho horario, de acuerdo a las necesidades que surjan y a fin de lograr el buen funcionamiento del Concejo Municipal.

Art. 5).- La presente norma legal entrará en vigencia a partir de la fecha de su sanción.

Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Diciembre 7 de 1995.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RENÉ C. GUIBERT
Secretaria     Presidente H.C.M.

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Fecha Sanción Título Observaciones Acciones
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