Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 14-04-2011

Ref. Expte. Nº 164319-D-10.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 621

Art. 1).- AUTORÍZASE al Técnico Electricista HUGO DEPAOLI, en representación de los titulares del predio GLADIS NOEMÍ ENGLER Y ALBERTO EMILIO ENGLER para la ejecución de trabajos en la vía pública para la provisión de energía eléctrica e iluminación, al loteo ubicado entre las calles 94- Berutti y 96- 3 de Febrero entre 127- Combate de San Lorenzo y 129- Vélez Sarsfield, y 127- Combate de San Lorenzo y 129- Vélez Sarsfield entre 96- 3 de Febrero y 40 metros al Norte de 94- Berutti, de esta ciudad.

La obra según el rubro I se refiere al tendido de 800 metros de conductor preensamblado 3x70+50+25 mm² sobre soportes de postes de eucaliptus tratado de 7,50 m. y columnas de HºAº 8,50/R 400 como sostenes, mientras como terminales y desvíos columnas de HºAº 8,50/R 1050. Esta Red de Baja Tensión será alimentada desde la sub-estación existente y construida recientemente según las tramitaciones del expediente (E.P.E.) Nº 1-2009-536779 sobre calle 96- 3 de Febrero y 127- Combate de San Lorenzo, instalándose tres seccionadores fusible MN 239 en la salida de baja tensión.

Según el rubro II (Alumbrado Público) se instalarán 12 artefactos con lámparas de alta presión de sodio de 150 W y equipo incorporado sobre columna metálica cuyas medidas deben ser 7 metros de altura libre, con brazo de 2,50 metros. Las columnas mencionadas se colocarán en líneas de árboles e independientes de la línea de baja tensión proyectada pero conectadas a ésta. Las luminarias se conectarán a la fase de alumbrado público y siguiendo las indicaciones de la División Alumbrado del Municipio. El sistema de alumbrado será comandado, protegido y medido desde una caja metálica tipo MN 130 instalada en la subestación existente.

Como obra civil se menciona la colocación de 7 columnas de HºAº 8,50/400 y 9 columnas de HºAº 8,50/1050 y 11 postes de eucaliptus tratado de 7,50 m. (tendido eléctrico red de baja tensión) y 12 columnas de alumbrado público, no presentando ningún inconveniente técnico para su instalación.

Asimismo se destaca que la obra no presenta impedimento técnico alguno para su ejecución y que en forma previa al inicio de la ejecución de los trabajos, se deberá presentar la factibilidad técnica de la obra expedida por la Empresa Provincial de la Energía.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieren ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04) y la Ordenanza Nº 2762/98.

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Abril 14 de 2011.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.