Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 31-10-2013

Ref. Expte. Nº 198021-R-13.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 720

Art. 1).- AUTORÍZASE al Ingeniero Electricista Daniel Alcides Rey, en representación de los titulares del predio ELVIO LUIS PILATTI, OCLIDES IMELDA TERESITA PILATTI, GLADYS ANGÉLICA IDA PILATTI, BEATRIZ MATILDE OFELIA PILATTI, GRISELDA ISABEL HORTENCIA PILATTI Y LETICIA MARÍA CLORINDA PILATTI, para la ejecución de trabajos en la vía pública, consistentes en la PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y ALUMBRADO PÚBLICO, al loteo ubicado en las calles 93- Lavalle y 95- Gral. Paz entre 64- Ami Droz y 66- Soutomayor de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

Se trata de una obra de provisión de energía eléctrica al nuevo loteo, para el cual se prolonga la línea de preensamblado de aluminio existente sobre calle 93- Lavalle vereda Este hacia el Norte con una longitud de 100 metros. Sobre calle 66- Soutomayor se prolonga la línea existente sobre vereda Norte unos 62 metros hacia el Este y se realiza un nuevo tendido sobre calle 95- Gral. Paz unos 35 metros hacia el Sur.

Como obra civil para la provisión de energía eléctrica al loteo, se considera: para la alimentación trifásica de baja tensión con preensamblado de aluminio se instalarán dos (2) postes HºAº 8,50/400, cuatro (4) postes 8,50/1050 y cuatro postes de eucaliptos de 7,50 metros de largo.

Como obra civil para el Alumbrado Público, se considera: la instalación de nueve (9) columnas de alumbrado con Luminarias JC 250 TUC con lámparas de sodio de150 W.

Los típicos constructivos son los aportados por la Empresa Provincial de la Energía y la construcción se realizará con material normalizado por ésta.

Luego de formalizada la recepción definitiva de la obra, la misma se donará a la Empresa Provincial de la Energía. Se adjuntan planos de fojas 14 y 37 que forman parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Octubre 31 de 2013.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.