Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 21-05-2015

Ref. Expte. Nº 202299-L-13.-

VISTO:

El expediente de la referencia, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo eleva estos actuados caratulados: Landucci Enrique, solicita ampliación de Zona Urbana, para urbanización del inmueble rural, según descripción adjunta, y Certificado que permita la Subdivisión del mismo.

Que a foja 1 obra un pedido de urbanización realizado por el Sr. Enrique Landucci, en representación de la Asociación Mutual de Socios del Hogar de Ancianos María Eugenia Lucca de Sarmiento, quien solicita la ampliación de esta Zona Urbana de la ciudad con el fin de permitir el loteo del inmueble ubicado en la Concesión 04 Rural, identificado catastralmente por la Partida Nº 09-16-00-078815/0006/9.

Que a fojas 7 la Dirección de Obras Públicas y Municipales, División Catastro informa que la Concesión Nº 62- Sección Oeste cuenta con Traza Urbana aprobada según Art. 8).- de la Ordenanza Nº 3469/06, como así también la urbanización por Art. 5).- que modifica el Art. 2).- de la Ordenanza Nº 3245/99 al Distrito “RS10- Residencial Semiurbanizado”.

Que el Departamento de Planeamiento (foja 15) informa que el predio se ubica en el Distrito de Zonificación RS (Residencial Semiurbanizado), para el cual rigen como medidas mínimas de subdivisión 10 m. de frente y 250 m2 de superficie, agregando que se ubica dentro del Marco Referencial de Urbanizaciones y Loteos elaborado por el Plan Urbano Esperanza Sustentable. Asimismo, agrega que en cuanto al proyecto de urbanización (foja 4), previo a solicitar las obras necesarias y/o donaciones de espacios públicos, corresponde definir el criterio que se va a adoptar respecto al electroducto que atraviesa en sentido Oeste-Este, no sólo ésta urbanización sino también la trama urbana que se ubica entre calles 97- Santa Fe y 105- Chaco.

Que el Departamento de Planeamiento aclara también que mediante el expediente Nº 170768-Z-11 había formulado una propuesta de generar una arteria coincidente con el electroducto, a los fines de darle utilidad a dicho espacio, y se había obtenido la factibilidad de la E.P.E., por lo que correspondería se eleve al Concejo Municipal para que autorice la modificación de la traza urbana y la desafectación del dominio público de calle 154- Oliva en el tramo comprendido entre calles 97- Santa Fe y 105- Chaco.

Que el Departamento Ejecutivo convocó a una reunión en fecha 16-02-15, invitando a los propietarios involucrados, Sr. Zequín Rosendo, Sr. Mario Scarafía en representación de la Asociación Mutual de Asociados y Adherentes del Club Atlético Alma Jrs., los Sres. Enrique Landucci y Cristián Copes en representación de la Asociación Mutual de Socios del Hogar de Ancianos María Eugenia Lucca, en la que se les manifestó que deberían ceder a favor del Municipio las fracciones en las que se encuentra constituida la servidumbre de electroducto, a fin de que las mismas sean afectadas al dominio público y traza de la calle 154- Oliva.

Que a fojas 77 y 78 obra el Acta Acuerdo suscripta por la Asociación Mutual del Hogar de Ancianos María Eugenia Lucca y el Sr. Rosendo Zequín  en la que manifiestan expresamente su conformidad para la modificación de la traza originaria y posterior realización de una avenida en la calle 154- Oliva, obligándose a realizar los planos de mensura para cada una de sus propiedades, como así también realizar los actos escriturarios que sean menester.

Que a foja 82 el Departamento de Planeamiento informa que con posterioridad al haber prestado su consentimiento la Asociación Mutual de Socios del Hogar de Ancianos María Eugenia Lucca y el Sr. Rosendo Zequín foja (77 y 78), no lo hizo así, la Asociación Mutual de Asociados y Adherentes del Club Atlético Alma Juniors, lo que tramita bajo el expediente Nº 217539-M-15.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 759

Art. 1).- DISPÓNESE la DEVOLUCIÓN del expediente de la referencia, al Departamento Ejecutivo Municipal, atento a que no se condice las actuaciones obrantes en el mismo, con el Proyecto de Ordenanza de foja 83, vuelto.

Art. 2).- DISPÓNESE que el Departamento Ejecutivo Municipal, eleve el proyecto de modificación de la traza urbana de calle 154- Oliva entre 85- Jujuy y 105- Chaco, con la correspondiente desafectación del dominio público en los tramos afectados.

Art. 3).- DISPÓNESE que el Departamento Ejecutivo Municipal, remita a este Cuerpo Legislativo el expediente Nº 217539-M-15.

Art. 4).- DISPÓNESE que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas pertinentes, elabore el proyecto de Avenida de calle 154- Oliva desde 85- Jujuy hasta 105- Chaco y de no coincidir en la traza propuesta, fundamente las razones del caso.

Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Mayo 21 de 2015.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Prof. GABRIELA F. de OGGIONI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.