Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 01-07-2015

Ref. Expte. Nº 217378-G-15.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 762

Art. 1).- AUTORÍZASE al Sr. JORGE ENRIQUE CEPPI y al Ingeniero Civil AGUSTÍN GÓMEZ, de quien contrató sus servicios el primero, para efectuar trabajos en la vía pública, consistentes en la ejecución de la RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE, para brindar el servicio al futuro loteo, correspondiente a la Manzana Nº 55, de la Concesión Nº 07 C. de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe. Dicho tendido comprende dos tramos de cañería: uno por calle 103- Belgrano (entre calles 28- San Carlos y 30 Cavour) y el otro por calle 30- Cavour (entre calles 101- Simón de Iriondo y calle 103- Belgrano), siendo su función dotar del servicio de agua potable a los futuros frentistas.

Las características del proyecto son las siguientes:

Red Distribuidora:

- Instalación de cañerías de PVC en una longitud de 193 m. diámetro 75 mm. a 3,60 m. paralelo a línea de edificación municipal, con una tapada mínima de 1.20 m.

- El movimiento de tierra es de aproximadamente 150 m3. Se realizará con pala excavadora.

- Los tres empalmes con la red existente se realizarán en la esquina de calle 101- Simón de Iriondo y calle 30- Cavour; otro en la esquina de calle 103- Belgrano y 30- Cavour, y el restante en la esquina de calle 103- Belgrano y 28- San Carlos.

- Se realizará la conexión domiciliaria de cada lote servido por la nueva cañería tendida.

- El proyecto incluye rotura, señalización y reparación de veredas y pavimento, cuando ello resulte necesario.

Como obra civil se debe considerar a los efectos de la afectación de las retenciones que rigen en la Ordenanza Nº 3101/96, se toma la excavación para el tendido de la cañería para el suministro de agua más los accesorios, tapado, compactación, reparación de veredas y calzada de hormigón si lo hubiere.

Cabe aclarar que estos trabajos se hallan encuadrados en las prescripciones de la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04), que reglamenta las obras que afecten u ocupen la vía pública, condicionada al cumplimiento de las exigencias previstas por la oficina técnica competente en lo que hace a seguridad, higiene, limpieza, materiales de reposición, órdenes de la inspección, etc. Se adjunta plano de fojas 3, que forma parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Julio 01 de 2015.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Prof. GABRIELA F. de OGGIONI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.