Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 26-11-2015

Ref. Expte. Nº 222.966-E-2015.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 773

Art. 1).- AUTORÍZASE al Ingeniero Electricista LUIS DANIEL GUALA, en representación de la firma titular del predio ELECTRÓNICA MEGATONE S.A., para la ejecución de trabajos en la vía pública, consistentes en la PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA a la propiedad de calle 103- Belgrano Nº 2078 de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

La obra consiste en la construcción de 217.30m de línea aérea de baja tensión 0.400-0.231 kV con cable preensamblado Al 3 x 70 + 50 + 25 mm2.

En calle 104- Lehmann entre 103- Belgrano y 105- Rivadavia, está la SETA Nº 22 de la Empresa Provincial de la Energía, la cual será punto de suministro. De esta SETA, se cruzará a la vereda de enfrente, 13 m. donde se colocará un poste de HºAº 7.5/1050 para el cruce de calle. De allí se hará un tendido de 39.2m hacia el Oeste utilizando una ménsula existente y en la ochava de 103- Belgrano y 104- Lehmann, sobre 104- Lehmann se colocará un poste de HºAº 8.5/1050 donde se retiene el cable. De allí, hasta un poste de HºAº 8.50/1050, existente, que está en la otra punta de la ochava de 5.5 m y de allí cruzará a calle 103- Belgrano hasta un poste HºAº 9/1050 que se colocará reemplazando a otro existente construido con una columna de hierro.

De allí utilizando las ménsulas existentes se hará un tendido de 37.3 m. hasta una columna existente de HºAº, donde se hará una doble retención del cable preensamblado y se continua utilizando las ménsulas existentes 102 m. hasta llegar al local de la firma Electrónica Megatone S.A, en cuyo frente se colocará una ménsula para retención del cable, TN 110. Para utilizar las ménsulas existentes se usará un UPN de 80 mm. que se cortará en trozos de 60 mm. de ancho y se le hará dos perforaciones de ½”, y se abulonará a los perfiles, y en el agujero de abajo se colocará un perno MN 504a del cual penderá la MN1011a. Se adjunta plano de foja 5 que forma parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Noviembre 26 de 2015.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Prof. GABRIELA F. de OGGIONI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.