Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 28-07-2016

Ref. Expte. Nº 227389-D-16.-

VISTO:

El expediente de la referencia, y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 21 de junio del presente año fue ingresado el expediente de la referencia para hacer uso de los fondos girados por el Gobierno Provincial en el marco de la Ley N° 12.385, su modificatoria y decretos reglamentarios para el Año 2015 “INTEGRACIÓN E INCLUSIÓN URBANA CON INTERVENCIONES EN DISTINTOS BARRIOS DE LA CIUDAD DE ESPERANZA”.

Que de la lectura del mismo se desprende que al haber sectores que no son alcanzados por el Plan de Accesibilidad y que están cercanos o colindantes al área urbana donde se ejecuta dicha obra y con el objetivo de lograr la complementariedad de las obras y la conectividad de estos sectores, se propone un proyecto para el desarrollo de calzadas con ripio y cruces de calle en Barrio Sur, Barrio Aarón Castellanos y Barrio Ceferino Namuncurá .

Que tal como lo menciona el Departamento Ejecutivo Municipal en los considerandos de su nota de elevación, se debe lograr con el financiamiento público el acceso a la obra pública de conectividad, seguridad y equipamiento urbano, integrando a todos los sectores, incluyendo a aquellos que no pueden acceder al financiamiento por contribución de mejoras, y de esta manera con aportes externos (en este caso con fondos provinciales) o rentas generales de municipio se puede dar servicios a aquellos que menos tienen, logrando de esta manera el equilibrio necesario en la accesibilidad a las prestaciones básicas.

Que al momento de acompañar la propuesta (foja 4 a 19) de los barrios mencionados en el segundo párrafo, la misma carece del detalle de las calles que serán beneficiadas en el proyecto “INTEGRACIÓN E INCLUSIÓN URBANA CON INTERVENCIONES EN DISTINTOS BARRIOS DE LA CIUDAD DE ESPERANZA”, para su control al momento de su realización.

Que conjuntamente se propone la colocación de columnas de Alumbrado Público en diferentes barrios de la ciudad a saber: A. Castellanos, Sur Este, La Orilla, Barrio Unidos y Barrio Alborada proyecto desarrollado de foja 20 a 35.

Que a foja 36 se facilita un detalle de las obras mencionadas y sus correspondientes costos.

Que comparando la información vertida de foja 20 a 36 por el Departamento Ejecutivo la misma no coincide.

Que si bien creemos necesaria la obra de alumbrado en la mayoría de los sectores propuestos por el Departamento Ejecutivo Municipal, debemos advertir que un fundamento esgrimido en el proyecto, con relación a la utilización de los fondos públicos para llevar servicios a aquellos que menos tienen no estaría reflejado en la totalidad del proyecto.

Que por lo antes mencionado proponemos se utilicen fondos para dar cumplimiento a las Minutas de Comunicación N° 554/16 y 555/16 de fecha 22 de Junio que hacen referencia a la colocación de semáforos en las intersecciones de calle 86- A. Aufranc intersección con 99- Sarmiento, 103- Belgrano y 117- Dr. Rohmang.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 789

Art. 1).- DISPÓNESE la devolución del expediente Nº 227389-D-16.-, a fin de que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de sus áreas pertinentes efectué lo siguiente:

1- Detalle de las calles que serán beneficiadas en el proyecto “INTEGRACIÓN E INCLUSIÓN URBANA CON INTERVENCIONES EN DISTINTOS BARRIOS DE LA CIUDAD DE ESPERANZA”, para su control al momento de su realización, dado que no obra en la propuesta acompañada de fojas 4 a 19 de los barrios mencionados.

2- Rectificación del proyecto de obra de Alumbrado Público desarrollado de fojas 20 a 35, dado que el detalle de las obras mencionadas con su correspondiente costo, no se condice con la información vertida de fojas 20 a 36.

Art. 2).- DISPÓNESE, que por donde corresponda el Departamento Ejecutivo Municipal, eleve los presupuestos correspondientes a los semáforos que este Cuerpo Legislativo sancionara, mediante las Minutas de Comunicación Nº 554/16 y Nº 555/16.

Art. 3).- ESTABLECESE, que cumplimentado que sea lo dispuesto en los Artículos precedentes, retornen estos actuados para ser tratados en este Cuerpo Legislativo.

Art. 4).- ELÉVESE la presente acompañada de los Considerandos precedentes.

Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Julio 28 de 2016.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Lic. CRISTIAN RICARDO CAMMISI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.