Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 15-09-2016

Ref. Expte. Nº 213767-G-14.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 792

Art. 1).- AUTORÍZASE al Ingeniero Electricista LUIS DANIEL GUALA, en representación de la titular del predio Sra. DANIELA NANCI GRAZIOLI, para la ejecución de trabajos en la vía pública, consistentes en la PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA a los lotes ubicados en el Distrito Esperanza, Zona Sur, lindando al Norte con calle 168- San Luis, al Oeste con calle 97- Santa Fe, al Sur con calle 170- Antártida Argentina y al Este con calle 99- Entre Ríos.

La obra consiste en la construcción de 144,33 metros de línea aérea de baja tensión de 0.400-0.231 kV y la instalación de 6 columnas de alumbrado público con lámparas de vapor de sodio alta presión de 150 W.

La línea aérea de Baja Tensión 0,400-0,231 kV. Para los cálculos se ha tomado 1.5 kw por lote y una caída de tensión 5 % sobre calle 170- Antártida Argentina en su intersección con calle 99- Entre Ríos, esquina Sur-Este de la Manzana de referencia, existe un poste de HºAº 8,50/1800 que se colocó cuando se construyó la Etapa 1.

De poste a poste se ha tomado energía para esta Etapa 2, desde la ochava hacia el Norte por calle 99- Entre Ríos y con 69,99 m. hacia el Norte brindando energía a 7 lotes que dan sobre esta calle. Desde la ochava por calle 168- San Luis y 64,34 m. hacia el Oeste brindando energía a los dos lotes ubicados sobre esta calle.

El conductor a utilizar es preensamblado Al 3x70+50+25 mm². La base de los postes de 8,50/1050 es de 0,65 x 0,65 x 1,80 m. con un empotramiento de 1,60 m. y los postes de madera tratada de 7,50 m. directamente enterrados a 1,40 m. La colocación de los postes será salvando las ochavas y en líneas medianeras.

Alumbrado Público: en el puesto aéreo de transformación existe una caja de alumbrado público instalada en la Etapa 1.

Se instalarán 3 columnas de alumbrado público, sobre calle 99- Entre Ríos y 3 columnas sobre calle 168- San Luis, las cuales son aprobadas por la Municipalidad de Esperanza, con la lámpara de sodio alta presión de 150 w.

Las columnas de alumbrado se colocarán de acuerdo a la normativa de la Municipalidad de Esperanza en las líneas medianeras y/o salvando las ochavas según corresponda.

Los típicos constructivos son los aportados por la Empresa Provincial de la Energía y la construcción se realizará con material normalizado por ésta. Una vez librada al servicio la obra se donará a la mencionada Empresa.

Cabe aclarar que si bien la obra no presente impedimento técnico alguno para su ejecución, se autoriza la misma sólo para dar iluminación al predio por pedido expreso del propietario, no autorizando el presente tendido al parcelamiento del mismo, el cual se ubica en un Distrito de Reserva, no pudiéndo subdividirse. Se adjuntan planos de fojas 7 y 10, que forman parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad técnica de la obra expedida por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 15 de 2016.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Lic. CRISTIAN RICARDO CAMMISI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.