Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 17-01-2017

Ref. Expte. Nº 229951-F-16.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 804

Art. 1).- AUTORÍZASE al Ingeniero Electricista MAURICIO ANDRÉS FUX, en representación de la firma RÍO SALADO S.R.L. titular del predio, para realizar la provisión del suministro de energía eléctrica, a 19 lotes, ubicados entre las calles 99- Sarmiento, 101- Simón de Iriondo, 10- Nuevo Torino y 08- Pilar en la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

Se trata de una obra de electrificación urbana, que se prevé ejecutar en una sola etapa, la cual no contempla obras de infraestructura eléctrica media tensión.

En principio se alimentará a los consumos desde S.E.T.A. existente de 160 kVA, luego se efectuará un aumento de potencia a 315 kVA, por lo que se puede aprovechar la plataforma existente y la bajada de media tensión, destacándose que esto se tramitará en expediente por separado.

Se realizará la construcción de LBT con conductores preensamblado de 3x95+1x50 +1 x25mm2 y de 3x70+1x50+1x25mm2 de sección. Las retenciones serán hechas en columnas de HºAº 8,5/1800 ó 8,5/1015 según corresponda y los soportes pasantes simple serán hechos con postes de eucaliptus impregnados con CCA de 7,5 m. de altura.

Todas las retenciones simples y terminales tendrán base de Hº simple. Los vanos entre apoyos simples de eucaliptus no superaran los 32 m. de longitud. Las retenciones terminales llevarán una jabalina de Ac.Cu. de 3 m. conectada al neutro mediante conductor de 35 mm2. de sección en los puntos de conexión previstos en los postes.

Para la instalación de Alumbrado Público (A.P.) se prevé usar una disposición de columnas de construcción tubular telescópica con pescante simple alternando de vereda en vereda la posición para las calles que atraviesan las Manzanas. Las luminarias se equiparan con lámparas de vapor de sodio de 150 W de potencia con factor de potencia corregido.

Todos los materiales como la mano de obra estarán en un todo de acuerdo a las normas, especificaciones técnicas y tipos constructivos normales de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe (E.P.E.).

Una vez aprobado el proyecto se realizará el pedido de inspección para la verificación de los materiales y el replanteo de obra.

Luego de formalizada la recepción definitiva de la obra, la misma se donará a la Empresa Provincial de la Energía. Se adjuntan planos de fojas 12 y 13, que forman parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad técnica expedida por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Enero 17 de 2017.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     N. ANDREA MARTÍNEZ
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.