Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 19-10-2017

Ref. Expte. Nº 233410-R-17.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 829

Art. 1).- AUTORIZASE al Ingeniero Electricista DANIEL ALCIDES REY, en representación de las titulares del predio Sras. MABEL ADELA CALCAGNI y NOEMI INÉS CALCAGNI, para la ejecución de trabajos en la vía pública, consistentes en la PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA al LOTEO ubicado sobre calles 118- Dr. Gálvez y 123- Ing. Gadda en la localidad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, con Partida Inmobiliaria Nº 09-16-00-0758470165-1.

Para la realización del nuevo tendido se partirá desde la intersección de las calles 125- Rafaela y 118- Dr. Gálvez desde la línea existente que corre de Norte a Sur sobre calle 125- Rafaela vereda Oeste.

El tendido de Baja Tensión se realizará sobre calle 118- Dr. Gálvez vereda Norte hasta la intersección con calle 123- Ing. Gadda, derivando sobre calle 123- Ing. Gadda hacia el Norte con dos tendidos, uno sobre vereda Este y otro sobre vereda Oeste hasta la intersección con calle 116- López y Planes.

El nuevo tendido se realizará con conductor tipo preensamblado de aluminio de 3x70 + 1x50 + 1x25 mm2 de sección.

Para el armado se proyectó usar los soportes retención con poste de hormigón armado (TN-103l) y postes de madera (TN-108f).

Para determinar la longitud necesaria de cable se debe agregar al tendido lineal un 5% del mismo para generar la flecha necesaria para la reducción del tiro hasta valores nominales, a los cuales se deben agregar también unos metros más con los cuales se harán los puentes y cambios de dirección.

Para realizar el Alumbrado público se colocarán 5 columnas de alumbrado, con luminarias marca Strand JC 250 TUC con lámpara de sodio de 150 W y equipo auxiliar.

Se instalarán 3 columnas de alumbrado público sobre calle 118- Dr. Gálvez y 2 columnas sobre calle 123- Ing. Gadda.

Los típicos constructivos son los aportados por la Empresa Provincial de la Energía y la construcción se realizará con material normalizado por ésta. Se adjuntan planos de fojas 13 y 24 que forman parte de la presente.

Una vez librada al servicio la obra se donará a la Empresa Provincial de la Energía.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad técnica expedida por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Octubre 19 de 2017.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     N. ANDREA MARTÍNEZ
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.