Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 11-03-2021

VISTO:

La importancia que el Municipio brinde soluciones concretas a los reclamos y necesidades que tienen los vecinos que habitan en calle “Pasaje Público”, y

CONSIDERANDO:

Que la calle “Pasaje Público” se encuentra entre las calles 74- Aristóbulo del Valle y 76- Estanislao Zeballos y al 1200 entre calles 105- Rivadavia y 107- Alberdi.

Que la calle “Pasaje Público” debe recibir la misma importancia conforme con el resto de los “Pasajes” que hay en la ciudad de Esperanza.

Que en la Tasa Urbana no figura el domicilio real del vecino, sino calle 105- Rivadavia, cuestión que debiera ser corregida con la dirección correspondiente.

Que los vehículos únicamente tendrían que circular de Oeste a Este. Para ello debiera colocarse carteleria que indique y señalice el sentido de la calle.

Que se debería señalizar un sector específico para el estacionamiento de vehículos. Si bien se utiliza el lado Norte, sería óptimo que se indique correctamente.

Que fueron los vecinos quienes construyeron una vereda comunitaria, a fin de tener un espacio donde poder circular por la cuadra e ingresar/egresar de sus viviendas y al mismo tiempo sea diferenciado del sector cunetas.

Que los vecinos debieron realizar trabajos con hormigón para atenuar la bajada del lado Este del “Pasaje Público” y proteger el entubamiento del caño de gas que atraviesa la calle 107- Alberdi.

Que en días de lluvia el agua queda estancada en la cuadra, y resulta necesario darle escurrimiento.

Que es evidente la falta de mantenimiento en el lugar, debido a que no se cortan los yuyos de las cunetas que se encuentran en dicho sector.

Que en calle “Pasaje Público” no se efectúa el servicio de riego.

Que el servicio de recolección de residuos es llevado a cabo por una sola persona. En este caso, el empleado municipal ingresa de a pie al “Pasaje Público”, ya que el camión no puede hacerlo debido a que se dificulta su acceso.

Que los terrenos baldíos ubicados sobre calle 107- Alberdi (a la altura del “Pasaje Público”) son utilizados por personas ajenas al Barrio para el arrojo de ramas y residuos, hecho que sin dudas indigna y enoja a estos vecinos.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal sancionar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 630

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de las oficinas pertinentes, proceda a dar solución inmediata a los reclamos expuestos y que son de urgente necesidad para los vecinos que actualmente residen en calle “Pasaje Público”, entre las calles 74- Aristóbulo del Valle y 76- Estanislao Zeballos y al 1200 entre calles 105- Rivadavia y 107- Alberdi, Barrio Norte.

Art. 2).- ELÉVESE con los Considerandos precedentes.

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Marzo 11 de 2021.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Lic. EDUARDO N. KINEN
Secretaria     Presidente H.C.M.