Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Decretos 06-09-2001

VISTO:

Que la firma FERMA S.A, con domicilio en Amado Aufranc 2388 de esta ciudad,  se ha presentado en Convocatoria de Acreedores, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejal Rubén C. Geese integra el Directorio de dicha Sociedad con funciones de Administrador.

Que el Art. 25) de la ley 2756 (Ley Orgánica de Municipios) establece como incompatibilidad para ser electo Concejal a los concursados que no hubieren obtenido su rehabilitación.

Que el Art. 26) de la ley citada dispone como causal de cesación automática en sus funciones a aquellos Concejales que, por causas posteriores a su elección, se hallaren incurso en alguna de las incompatibilidades previstas en el artículo anterior.

Que conforme las facultades concedidas por el Art. 63) del Reglamento Interno del Concejo Municipal se autoriza la creación de Comisiones Especiales.

Que de existir dicha incompatibilidad se haría operable lo previsto por el artículo 26 de la Ley Orgánica de Municipios que establece la cesación automática en sus funciones.

Que en virtud de ello surge necesario proceder a crear los instrumentos que permitan, luego de un exhaustivo análisis de las circunstancias que configuran la presente cuestión, establecer en forma fehaciente si la conducta incursa por el mencionado Concejal merece la sanción legalmente prevista.

Que es deber insoslayable de este Concejo velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones que regulan las aptitudes de sus miembros, propendiendo a generar acciones que permitan garantizar la legitimidad en el ejercicio de sus funciones.

Que mediante Resolución de fecha 13-08-01  el Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito Judicial en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la Ciudad de Santa Fe ha declarado abierto el Concurso Preventivo de FERMA S.A.

Que en virtud de la facultades Legislativas que le confiere la Ley Nº 2756 es atribución de este Concejo Municipal dictar la norma legal correspondiente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA EL SIGUIENTE

DECRETO Nº 178

Art. 1).- CRÉASE una Comisión Especial, integrada por cuatro (4) miembros surgidos de su seno, la cual tendrá por objeto abocarse a la investigación de la presunta situación de incompatibilidad en que puede estar incurso el Concejal Rubén C. Geese, atento lo manifestado en los considerandos precedentes y normado por los artículos 25 y 26 de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 2756).-

Art. 2).- A tales efectos, se invitará a los bloques de este Concejo  Municipal a designar un representante de su seno dentro de las 72 horas de aprobado el presente. La presidencia de aquella se encomendará al Sr. Presidente de este Cuerpo Legislativo.

Art. 3).- La Comisión deberá entregar sus conclusiones dentro de un plazo de noventa días hábiles administrativos, el cual podrá ser prorrogado por otro período igual o el que se considere apropiado,por decisión mayoritaria de sus miembros, de surgir hechos que hagan necesaria la ampliación temporal.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.

SALA DE SESIONES, Septiembre 06 de 2001.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     CARLOS ANTONIO CATENA
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.