Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 21-08-2019

Ref. Expte. Nº 243.454-R-18.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCION Nº 882

Art. 1).- AUTORIZASE al Ingeniero Electricista Daniel Alcides Rey, en representación de la EMPRESA METALÚRGICA SARMIENTO S.R.L., para suministrar Energía Eléctrica al terreno que se encuentra ubicado sobre calle 86- Brigadier López al Sur, 72- Ecuador al Norte, 131- Lito Gonella al Oeste y 139- Tabernig al Este, de la localidad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

Se trata del tendido necesario para proveer de energía eléctrica a un loteo propiedad de la Empresa Metalúrgica Sarmiento S.R.L., con domicilio legal en calle 128- Soler Nº 1165 de esta ciudad.

Según pre-factibilidad, para proveer energía a este loteo se utilizará como suministro en MT el alimentador en 13,2 kV Nº7 proveniente de la ET Esperanza, cuya traza se sitúa sobre calle 131- Gonella, lindante al Oeste del predio. Para esto se realizará el cambio de los conductores a cable AL/AC 95/15, en el trayecto comprendido entre calle 86- Brigadier López sobre vereda Sur y calle 72- Ecuador con una longitud aproximada de 700 mts.

Para la correcta distribución de potencia eléctrica acorde a la demanda del loteo se determinó utilizar tres SETAs de 250 KVA cada una, ubicadas en:

· SETA Nº 1: en la intersección de calles 82- Santa Cruz y Futura Avenida.

· SETA Nº 2: en la intersección de calles 76- Neuquén y Futura Avenida.

· SETA Nº 3: en la intersección de calles 74- La Pampa y Futura Avenida.

Para su armado se utilizarán estructura tipo caballete tipo TN-501, donde se colocarán los seccionadores fusibles MN245 y descargadores de sobretensión.

Para alimentar estas SETAs, se deberán realizar tendidos de MT sobre calle 74- La Pampa, 76- Neuquén y 82- Santa Cruz todos sobre vereda Sur. Para esto se colocará un poste de HºAº 12/3900 para retención hasta la estructura de la SETA correspondiente, como poste sostén se utilizarán postes de hormigón 12/1200 y el tendido de la línea se realizará con cable AL/AC 50/8 mm2. Se incluyen fusibles MN245 para protección del tendido aéreo ubicados en las estructuras de retención inicial.

La distribución en baja tensión se realizará desde este puesto aéreo con conductor tipo preensamblado de aluminio, las distintas líneas serán protegidas con fusibles MN239.

Para el armado se proyectó usar los soportes retención (TN-103l) y soportes de suspensión (TN-108f), el cable es del tipo preensamblado de aluminio de 3 x 95 + 1 x 50 + 1 x 25mm. de sección. Se adjuntan planos de fojas 39 y 40 que forman parte de la presente.

Para determinar la longitud necesaria de cable preensamblado se debe agregar al tendido lineal un 5% del mismo para generar la flecha necesaria para la reducción del tiro hasta valores nominales, a los que se deben agregar además unos metros más con los cuales se harán los puentes y cambios de dirección entre otros.

Los tipos constructivos son los aportados por la Empresa Provincial de la Energía y la construcción se realizará con material normalizado por ésta.

Se deberán retirar las planchetas de interferencias de obras de “Aguas Santafesinas S.A., de la red de gas natural SAPEM y Fibras Ópticas existentes.

Cabe aclarar que estos trabajos se hallan encuadrados en las prescripciones de la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04), que reglamenta las obras que afecten u ocupen la vía pública, condicionada al cumplimiento de las exigencias previstas por la oficina técnica competente en lo que hace a seguridad, higiene, limpieza, materiales de reposición, órdenes de la inspección, etc.

Art. 2) - Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3) - Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad técnica expedida por parte de la Empresa Provincial de la Energía.

Art. 4) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, 21 de Agosto de 2019.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.