Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Decretos 10-04-2014

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA EL SIGUIENTE

DECRETO Nº 264

Art. 1).- INSTITÚYESE en el ámbito del Concejo Municipal de Esperanza, los siguientes reconocimientos:

a)  ESPERANCINO DESTACADO: se entregará a aquellas personas, niños, jóvenes o adultos, y a instituciones que residen en la ciudad de Esperanza, y que se hayan destacado por acciones personales o colectivas en el campo de la cultura, el deporte, las artes en todas sus expresiones, las ciencias, la tecnología, en el ámbito social o comunitario, actos de valentía para la protección de la vida o de la comunidad, y en la defensa de los derechos sostenidos por la Constitución Nacional y la Constitución Provincial.

La distinción consistirá en la entrega de un diploma, firmado por la totalidad de los miembros del Concejo Municipal.

Las personas y/o instituciones beneficiadas con esta distinción podrán ser propuestas por los Concejales de todos los bloques. El Concejo en su conjunto analizará cada caso en particular y luego del debate interno, aprobará o no la propuesta, por votación secreta.

Estos reconocimientos serán otorgados con una periodicidad de dos meses.

b) RECONOCIMIENTO AL MÉRITO: será otorgada a personas y/o instituciones que posean méritos y valores indiscutidos por su trabajo personal o en equipo, que repercutan en forma directa o indirecta en beneficio de la ciudad, de la región y del país, en el campo de la ciencia, la tecnología, producción, agroindustria, cultura, deportes, en la defensa de los derechos humanos y sociales y del medio ambiente.

Se entregará un diploma de honor y medalla con el Escudo del Concejo Municipal a la persona que reúna las condiciones arriba expresadas, en un acto que se realizará todos los años el día 26 de Mayo, en coincidencia con el aniversario de la instalación del Concejo Municipal e integrará el programa de actos oficiales. En cada año se entregarán como máximo tres reconocimientos.

La elección se efectuará por votación secreta en reunión plenaria del Concejo Municipal, previa presentación de candidatos por parte de cada uno de los bloques que integran el Cuerpo. La elección deberá realizarse dentro de los 15 días anteriores a la fecha prevista para el acto de entrega.

Art. 2).- El gasto que demande el cumplimiento de lo anterior será imputado a la Partida 02- BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES, 02- SERVICIOS NO PERSONALES, 08- Cortesía y Homenajes. del Presupuesto del Concejo Municipal.

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Abril 10 de 2014.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Lic.CRISTIAN RICARDO CAMMISI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.