Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 05-09-2019

Ref. Expte. Nº 247371-F-19.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 887

Art. 1).- AUTORIZASE al Ingeniero Electricista Mauricio Andrés Fux, en representación de los titulares del predio Sras. MARÍA INÉS HILGERT Y MARÍA CELINA HILGERT, para suministrar energía eléctrica de Media Tensión (MT), Baja Tensión (BT) y Alumbrado Público, al predio compuesto por 60 lotes, ubicados hacia el noroeste entre calles paralelas 85- San A. Janssen y 83- Estrada, y entre calles paralelas 72- L. N. Alem y 66- Soutomayor de esta ciudad.

El proyecto de referencia, se prevé ejecutarlo en una sola etapa que se detalla a continuación por rubros correspondientes:

RUBRO I: Construcción L.M.T. trifásica de 13.2 kV (nueva traza). La traza de la nueva línea será proyectada utilizando conductor de Al/Ac 50/8 mm2 de sección. La longitud de la línea es de 274 m lineales haciendo retención en inicio de línea y al final de línea, en la SETA correspondiente. La disposición de los conductores se proyectará en coplanar horizontal con vanos no mayores a 90 metros.

RUBRO II: Se montarán una estructura para la SETA trifásica de 250 kVA, relación 13.2/0,400/0,231 kV. La estructura corresponde a estructura puente biposte, con columnas de HºAº de 12/2400 y 10/1200. La SETA estará construida de acuerdo a la normativa vigente, equipada además con los seccionadores de B.T. y seccionador de corte rápido MN245 en lado de media tensión con descargadores de sobretensión luego del seccionamiento.

RUBRO III: Construcción L.B.T. con conductores pre ensamblados de 3x70+1x50+1x25 mm2 de sección para alimentar las tres salidas consideradas. El inicio de cada línea se hará con conductor de 3x95+1x50+1x25 mm2.

El soporte a la salida de la SETA comprende de una columna de HºAº 8,50/3000, las retenciones serán hechas en columnas de HºAº de 8,50/1050 o 8,50/1800 según corresponda. Los soportes pasante simple serán hechos con postes de eucaliptus impregnados con CCA de 7,5 m de altura o 8,5/400 en casos puntuales en que el vano comprende distancias entre 32 y 40 metros o se ubique sobre ochava.

Todas las retenciones simples y terminales tendrán base de hormigón simple 1:3:5.

Los vanos entre apoyos simples de eucaliptus no superan en ningún caso los 32m de longitud.

Las retenciones terminales, llevarán una jabalina de Ac. Cu. De 3m conectada al neutro mediante conductor de 35mm2 de sección en los puntos de conexión previstos en los postes.

La ubicación y trazado de la obra se puede apreciar en los planos.

Todas las estructuras y soportes han sido seleccionados en base a la normativa vigente establecida en las descripciones técnicas de la Empresa Provincial de la Energía, de esta manera se eligió la traza de las líneas tanto de Media como de Baja Tensión cumplan los requisitos técnicos.

Tanto los materiales como la mano de obra estarán en un todo de acuerdo a las normas, especificaciones técnicas y tipos constructivos normales de la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe. (E.P.E.).

Las protecciones contra cortocircuitos y aperturas de circuito se harán mediante seccionador autodesconectador de corte rápido MN 245 para 13.2 kV. Por otro lado, en la parte de Baja Tensión se instalarán seccionadores fusibles MN 239.

Para la protección contra sobre tensión se instalarán descargadores de sobretensión OZn 12 kV 10 kA. Se adjuntan planos de fojas 22, 23, 25, 26 y 27 que forman parte de la presente.

Cabe aclarar que estos trabajos se hallan encuadrados en las prescripciones de la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04), que reglamenta las obras que afecten u ocupen la vía pública, condicionada al cumplimiento de las exigencias previstas por la oficina técnica competente en lo que hace a seguridad, higiene, limpieza, materiales de reposición, órdenes de la inspección, etc.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsable por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad técnica expedida por parte de la Empresa Provincial de la Energía.

Art. 4) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Septiembre 05 de 2019.-

ES COPIA FIEL



 
Dta. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
SecretarIa H.C.M.     Presidente H.C.M.