VISTO:
El Decreto Nº 264/14 que establece el “Reconocimiento al Mérito”, y
CONSIDERANDO:
Que hace 7 (siete) años, el 25 de marzo de 2010 se celebró la misa que dio inicio a las actividades del Hospice La Piedad en el sector oeste del Convento de Santa Catalina de la ciudad de Esperanza-
Que el 10 de abril del citado año ingresó el primer paciente a sus instalaciones que contaba con 4 (cuatro) camas disponibles las que, con el transcurso del tiempo, fueron creciendo hasta llegar a las 8 con que cuenta en la actualidad.
Que en sus inicios, la Hermana Alicia Félix junto a un valioso grupo de profesionales, religiosas y voluntarios, con creatividad y una enorme voluntad de trabajo destinaron tiempo y esfuerzos con la mirada puesta en el claro propósito de alcanzar sus objetivos, nunca bajando los brazos frente a las adversidades que se les presentaban.
Que los Hospices conciben como misión un mundo en el que nadie viva el final de su vida en el abandono y sin una adecuada asistencia integral.
Que el cuidado paliativo de enfermos terminales tiene como objetivo mejorar los momentos finales de la vida de las personas con padecimientos incurables y la de los integrantes de su entorno familiar.
Que el Movimiento Hospice difunde una filosofía de cuidado compasivo integrando todas las dimensiones del ser humano, a través de un equipo de profesionales y voluntarios que trabajan de manera interdisciplinaria con la unidad de tratamiento paciente-familia, aportando a la cultura de la dignidad de la persona y complementando el actual sistema de salud.
Que otro de sus objetivos es el de sensibilizar a la sociedad acerca de las necesidades del moribundo para que se generen respuestas concretas que permitan atender adecuadamente a las personas en el final de su vida y acompañarlos junto a sus familiares y amigos en ese paso trascendente.
Que, frente a una realidad del mundo de la salud que plantea un gran desafío respecto del cuidado de personas con enfermedad avanzada junto a sus familias y, en un sentido más amplio, de personas que necesitan de otro ser humano para seguir adelante, el concepto de Hospice actualmente refiere a una filosofía, a un espacio, a una modalidad de cuidados compasivos y competentes que pueden ser aplicados de diversas maneras ya sea en el hogar del enfermo, en una casa de cuidados paliativos, en hospitales o ayudando al enfermo ambulatorio.
Que lo realizado a lo largo de estos 7 (siete) años ha modificado para bien la mirada y la actitud que la sociedad tiene sobre los cuidados paliativos de enfermos terminales ya que todos, de alguna manera, hemos aprendido y comprendido la verdadera importancia de la necesidad de cuidados especiales que necesita la persona humana en los momentos finales de su vida.
Que muy pocas ciudades de la Argentina y de nuestra provincia tienen el orgullo de contar con una institución como El Hospice La Piedad que atienda, contenga, apoye y comprenda tanto al enfermo como a sus familiares en la etapa final de vida de los pacientes terminales.
Que sin la calidez humana, profesionalismo, dedicación, trabajo en equipo y la motivación que impulsa el profundo amor y entrega de quienes llevan adelante a esta institución nada de lo logrado sería posible.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
DECRETO N° 313
Art. 1).- OTÓRGASE al Hospice LA PIEDAD el RECONOCIMIENTO AL MÉRITO, máxima distinción instituida por el Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Esperanza, en virtud del valioso aporte realizado a la comunidad.
Art. 2).- ENTRÉGUESE copia del presente Decreto a los Directivos del Hospice LA PIEDAD.
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Mayo 26 de 2017.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | N. ANDREA MARTÍNEZ | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |