EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 48
Art. 1º).- Solicitar al Departamento Ejecutivo utilice los medios más convenientes con el fin de apoyar para su sanción como Ley de nuestra provincia el Proyecto de Ley Provincial presentado en la Legislatura y que propone la designación de los Municipios y Comunas como agentes de retención en la percepción de los Impuestos Provinciales a la Patente Automotor y el Impuesto Inmobiliario, a partir del 1º de enero de 1985. Y los fondos serán girados mensualmente a la provincia en la proporción que a ella correspondan.-
Art. 2º).- Solicitar al Departamento Ejecutivo que brinde su más amplio apoyo a toda iniciativa o proyecto tendiente a mejorar la recaudación de impuestos provisionales o nacionales coparticipables.-
Art. 3º).- Se informe al Concejo Municipal de todas las actuaciones y resultados en tal sentido.-
Art. 4º).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | LUIS EDGARDO MACIEL | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |