Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 09-12-2019

Ref. Expte. Nº 241.222-C-18.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 899

Art. 1).- AUTORÍZASE al Ingeniero Electricista LUIS DANIEL GUALA, para la ejecución de la obra de infraestructura eléctrica para dotar energía al predio de la Cooperativa Agrícola Ganadera Limitada “Guillermo Lehmann”, ubicado en la intersección de calle 16- Providencia y Ruta Provincial Nº 6 (Esquina Noroeste), de la localidad de Esperanza, provincia de Santa Fe.

La obra consiste en la construcción de 555.90 metros de línea aérea de media tensión rural de 13.2 Kv; 124.02m de línea subterránea de media tensión 13.2 kV; y construcción de una subestación transformadora rural de 315 kVA 13.2/0.400-0.231kV.

Al Este de la Ruta Provincial Nº 6 por calle 16- Providencia se llega a calle 131- Lito Gonella. Por el lado Este de calle 131- Lito Gonella y a 13 metros del alambrado pasa una línea aérea de Media Tensión rural de 13.2kV con neutro que tiene dirección Norte Sur y que servirá como punto de acometida de la obra nueva.

Sobre calle 16- Providencia del lado Sur, se colocará un poste de HºAº 10/3000 alineación de la línea existente derivación para la línea a construir y donde se colocarán 3 seccionadores fusible MN245. De allí a los 41.40m hacia el Oeste, se colocará un poste HºAº 10/1800 alineación. Luego se continúa hacia el Oeste colocando postes de madera tratada de 9m y cada dos postes de madera se coloca un poste HºAº 9/900, hasta que a los 514.48m se termina la línea aérea con un poste HºAº 9/3000.

El conductor a utilizar es de AlAl desnudo de 35mm2 de sección, los aisladores a utilizar son cerámicos y los postes de HºAº tienen una base de Hº de 0.75 m3 de H17.

Del poste 9/3000 se continúa con la línea subterránea que va 17.32m hacia el Norte y luego cruza la Ruta Provincial Nº 6 de 56.70m a la altura de calle 16- Providencia para luego ingresar al predio de la Cooperativa Agrícola Ganadera Limitada “Guillermo Lehmann” y luego de 50m llegar hasta la SETA de 315kVA a construir.

Se colocarán tres conductores de Al con aislación XLPTE para 33kV Cat I, de 185mm2 con pantalla de Cu.

En el arranque se colocan los descargadores de sobretensión, tres seccionadores a cuchillas loadbuster y la correspondiente puesta a tierra.

Para la protección de los cables, la bajada se efectuará con un caño de HºGº de 4” tanto en la acometida como la llegada a la SETA.

Los cables bajan a una cámara ubicada en la base del poste y de allí a una profundidad de 1.50m se colocan de acuerdo a las reglas del arte.

La profundidad por debajo de la Ruta Provincial Nº 6 es de 2,5m y se colocan de acuerdo al plano Nº8 de la ETN 98. Allí sube para conectar la SETA a través de los descargadores de sobretensión, los seccionadores fusibles y las puestas a tierra de la misma.

La subestación se construye de acuerdo al TN 501 b con la estructura de hormigón TN 500 a_2 hacia el Este y a no más de 2 mts. de la SETA se construirá el pilar de medición de grandes usuarios de acuerdo a las especificaciones de la Empresa Provincial de la Energía. Según planos de fojas 7 y 8 del expediente de la referencia.

El proveedor del servicio eléctrico es la Empresa Provincial de la Energía.

Cabe aclarar que estos trabajos se hallan encuadrados en las prescripciones de la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04), que reglamenta las obras que afecten u ocupen la vía pública, condicionada al cumplimiento de las exigencias previstas por la oficina técnica competente en lo que hace a seguridad, higiene, limpieza, materiales de reposición, órdenes de la inspección, etc.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que dispone la Ordenanza Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad técnica expedida por parte de la Empresa Provincial de la Energía.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Diciembre 09 de 2019.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
SecretarIa H.C.M.     Presidente H.C.M.