VISTO:
Que es necesario revalorizar y difundir las artesanías que es una de las actividades más antiguas del hombre y que hoy gracias a las manos de esforzados creadores se mantiene viva, y
CONSIDERANDO:
Que nuestra ciudad cuenta con un número importante de artesanos en diferentes especialidades.-
Que es necesario contar con un espacio físico adecuado para difundir estas actividades.-
Que es deber del Concejo Municipal fomentar y estimular la actividad cultural y artesanal.-
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.-
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 113
Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal arbitre los medios para destinar en forma eventual la utilización de espacios de la Plaza San Martín a la Asociación de Artesanos de Esperanza, para la difusión de la actividad artesanal.-
Art. 2).- Esta solicitud tienen por finalidad la difusión de la actividad artesanal y podrá funcionar con carácter de exposición y ventas.-
Art. 3).- A través de la Secretaría de Cultura y Deportes Municipal, se debería conjuntamente con las Asociaciones de Artesanos locales acordar lugar, fechas, horarios y formas de funcionamiento de tales eventos.-
Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Junio 3 de 1993.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | HORACIO ISIODORO GAY | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |