VISTO:
La necesidad de contar con los instrumentos adecuados para garantizar la salud de nuestra comunidad, frente a la propagación de enfermedades tales como la meningitis, y
CONSIDERNADO:
Que es deber indelegable del Estado desarrollar una eficaz tarea de prevención para este tipo de enfermedades.-
Que es necesario incorporar aquellos adelantos científicos en el área de salud que signifiquen mejorar la calidad de vida de toda la población.-
Que el alto riesgo, por las secuelas que produce la enfermedad, exige un rápido control por parte de las autoridades sanitarias para evitar su propagación.-
Que se efectuó por parte del Gobierno Provincial la compra de vacunas en el exterior.-
Que la aparición de esta afección en nuestra ciudad nos debe mantener alertas sobre la posibilidad de nuevos casos.-
Que atento a las facultades legislativas que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, le corresponde a este Cuerpo dictar la norma legal pertinente.-
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACION Nº 118
Art. 1).- SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipal, tramite ante las autoridades del Ministerio de Salud de la Provincia, el envío de vacunas existentes contra los difernetes tipos de meningitis a los fines de realizar una campaña de vacunación masiva en el Distrito.-
Art. 2).- SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipal preste apoyo a las autoridades del S.A.M.Co. local, a través de la Subsecretaría de Promoción Social Municipal para instrumentar un Plan Social de vacunación en el Distrito.-
Art. 3),. Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Abril 28 de 1994.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL A. DE PACE | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |