VISTO:
Que es transcendental la importancia social que tienen las Vecinales como Entidades Intermedias que promueven el bien común, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario garantizar espacios de participación de los vecinos, afianzando formas democráticas para solucionar los problemas barriales.-
Que es conveniente fortalecer la Organización Vecinal, a través de la reactivación de la Federación de Entidades Vecinales, estableciendo así una coordinación de tareas entre las diferentes Vecinales de la ciudad.-
Que el área geográfica cubierta por cada una de las Vecinales tendrá que adecuarse conforme al desarrollo y al crecimiento urbano de nuestra ciudad.-
Que atento a las facultades que le confiere la Ley nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.-
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 121
Art. 1).- SOLICITASE al Departamento Ejecutivo Municipal brinde información sobre:
a) La nómina de las Vecinales reconocidas por el Municipio conforme con la Ordenanza Nº 1615/69.-
b) La Jurisdicción que le corresponde a cada una, con delimitación en un plano de la ciudad.-
c) Si el accionar de las Vecinales se ajusta a dicha Ordenanza.-
d) Si el Departamento Ejecutivo Municipal ha analizado la posibilidad de crear una nueva Vecinal en la zona céntrica de la ciudad, o ha recibido algún proyecto referido a ello por parte de los vecinos.-
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Diciembre 15 de 1994.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL A. DE PACE | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |