Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 19-06-1997

VISTO:

Que mediante perforaciones se extrae agua del Subsuelo del Distrito Esperanza para abastecer el acueducto que lleva el servicio de agua potable a las localidades de Pilar, Humboldt y Rafaela, y

CONSIDERANDO:

Que el acuífero del Puelche tiene su recarga natural a través de la infiltración de parte del agua de lluvia.

Que por lo tanto, debe entenderse como una fuente de agua en cantidad y calidad con limitaciones, susceptible de llegar a su agotamiento como fuente para el consumo humano, máxime si consideramos las prolongadas sequías de los últimos años.

Que si bien, esta perspectiva es relativamente lejana, debemos tener presente que todos somos responsables de preservar este recurso para las generaciones futuras.

Que a menos de 40 Km. se encuentra una enorme fuente de agua superficial apta para potabilizar cual es el Sistema del Río Paraná-Colastiné-Setúbal.

Que con criterio de responsabilidad y razonabilidad sería lógico que la fuente de agua potable para las localidades que no la posean en su subsuelo y que estén relativamente próximas debería ser de este sistema fluvial.

Que por otra parte ha sido comentado por fuentes gubernamentales y de la empresa concesionaria la posibilidad de apertura del diálogo tendiente a la renegociación de las bases contractuales surgidas con la concesión del servicio a la empresa privada.

Que sería oportuno que en esa etapa se incluya la extensión del Acueducto Esperanza-Rafaela hasta el Sistema Paraná para abastecer al mismo con agua de río.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756 corresponde a este Cuerpo Legislativo dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 129

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, realice las gestiones pertinentes ante el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, Empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A. y/o ante quien corresponda a fin de lograr la extensión del Acueducto Esperanza-Rafaela hasta el Sistema Paraná-Colastiné-Setúbal.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo y envíese copia al Gobierno de la Provincia, a la Empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A., al ENRESS y a ambas Cámaras Legislativas.

SALA DE SESIONES, Junio 19 de 1997.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. ROQUE JUAN GASTALDI
Secretaria     Presidente H.C.M.