Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 27-04-1998

VISTO:

La imperiosa necesidad de ampliar el servicio judiciario de la ciudad de Esperanza y,

CONSIDERANDO:

Que cuando fue sancionada la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia Nº 10160 y modificatorias, que estableció un nuevo mapa judicial  privo el  espíritu de descentralizar la función judicial.

Que el acercamiento de la justicia al ciudadano permite lograr mayor rapidez en el trámite de las causas judiciales cumpliendo así acabamente los principios de inmediatez, celeridad y economía procesal.

Que las estructuras del Poder Judicial deben responder a las cambiantes y aceleradas necesidades e interrogantes de nuestra época a efectos de dar en tiempo y forma adecuadas soluciones a las controversias judiciales.

Que el Juzgado de Primera Instancia de Circuito No. 19 de Esperanza que alcanza la competencia de 15 unidades jus, tiene un caudal de trabajo que supera ampliamente a otros circuitos judiciales, siendo sumamente importante estadísticamente el número de causas que tramitan ante el mismo. lo que pone en evidencia la importancia de Esperanza  en su actividad judicial.

Que la creación de un Juzgado de Primera Instancia  de Distrito en lo Civil , Comercial y Laboral con asiento en la ciudad de Esperanza se encuentra ampliamente justificado dado que esta es cabecera del Departamento con un importante radio de influencia . lo que ha generado una mayor demanda de actividad jurisdiccional del Estado Provincial.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la ley Nº 2756, corresponde a este  Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.-

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN 135

Art..1).- SOLICITASE a Departamento Ejecutivo Municipal presente ante el Poder Ejecutivo Provincial y las Cámaras de Senadores y Diputados de la provincia de Santa Fe el formal pedido de creación de un JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO EN LO CIVIL. COMERCIAL Y LABORAL con asiento en la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias.-

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, remítase copia al Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe, a ambas Cámaras y dese amplia difusión.

SALA DE SESIONES, Abril 27 de 1998.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RENÉ CARLOS GUIBERT
Secretaria     Presidente H.C.M.