Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 27-04-1998

VISTO:

El “conflicto” suscitado entre el personal de Policía Municipal y el Departamento Ejecutivo Municipal, actuaciones que se tramitaron mediante el Expediente Nº 67934-P-97, y

CONSIDERANDO:

Que este episodio ha rebasado, como es de público conocimiento, los límites de un mero acto administrativo.

Que atento a ello, este Concejo Municipal ha aceptado recibir el 3 de febrero próximo pasado, a solicitud del Secretario Adjunto de la Asociación del Personal Municipal (según nota de fecha 30-01-98 dirigida a los Presidentes de Bloque), a autoridades del gremio encabezado por su secretario general Aurelio Emilio Orellano; el mencionado secretario adjunto, Sr. Juan Manuel Venturini; los asesores legales, Dres. Carlos Zambón y Miguel Angel Picca, acompañados por un grupo de inspectores.

Que para tener cabal idea de las posiciones de las partes en conflicto, a raíz de dicha reunión, fue solicitado el envío del Expediente respectivo a este Concejo Municipal, el que fue suministrado el 4 de febrero próximo pasado.

Que la foja 3 (se adjunta copia), referida al informe del Director de Personal, de la que el bloque del P.D.P. poseia fotocopia con anterioridad al envío del expediente de marras al Concejo, no coincide con la allí ubicada, lo que llama la atención por cuanto dicho informe se encuentra foliado, sellado y con papel membretado igual al del informe que hoy viene en el Expediente, pero con texto diferente.

Que si bien se puede aducir que la copia que se adjunta no se encuentra autenticada, no hay motivos para dudar por cuanto están cubiertas las formalidades para este tipo de comunicaciones.

Que resulta altamente inquietante –se reitera- la presencia de sellos, logos, firma, tipografía de la máquina de escribir y, por sobre todo ello, número de folio coincidentes en ambos informes.

Que existen procedimientos preestablecidos respecto de cómo debe confeccionarse un Expediente.

Que si bien en la foja que se adjunta el Director de personal sugiere y en la que figura en el Expediente califica y solicita, el texto de la sugerencia y el de la solicitud son coincidentes, por lo que la contradicción se da per se en la segunda oportunidad con relación a la calificación.

Que en virtud de ello, daría la sensación de que es para justificar una sanción desmedida respecto de la sugerida y solicitada por el personal técnico.

Que los expedientes municipales son instrumentos públicos, por lo que la sustracción o cambio podrían conformar un grave delito.

Que en atención a lo previsto en el Art. 172) del Reglamento Interno de este Concejo, en consonancia con el Art. 41) inc. 14) y su concordante, el Art. 42), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, es atribución de este Cuerpo Legislativo proponer la concurrencia al seno del mismo de integrantes del Departamento Ejecutivo Municipal, a fin de obtener informes sobre asuntos públicos.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 139

Art. 1).- INVÍTASE al Secretario de Gobierno, Ing. Marcelo Aufranc, según lo disponga el Departamento Ejecutivo Municipal, a la Sesión Ordinaria siguiente a la sanción de la presente, a los efectos de informar:

  • Causas por las cuales existen dos fojas 3 referidas al Expediente Nº 67934-P-97.
  • Si él estima que puede constituir un delito el cambio de fojas en un expediente público.
  • Siendo así, qué medidas tomaría.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo..

SALA DE SESIONES, Abril 27 de 1998.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RENÉ CARLOS GUIBERT
Secretaria     Presidente H.C.M.