Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 01-03-2000

Ref. Expte. Nº 73692-O-98.-

VISTO:

El programa de obras establecido entre el Gobierno de la Provincia de Santa Fe y la Empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A., y

CONSIDERANDO:

Que en la parte atinente a las obras de ampliación de redes de agua corriente se estableció que la zona determinada como O2, en el sector norte  de la ciudad, se realizará conforme el cronograma aprobado durante el tercer año.

Que en el sector existen permanentes reclamos y solicitudes de los vecinos para que se concrete de manera urgente la obra de agua potable dado los inconvenientes de salubridad que genera su carencia.

Que la propia Empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S. A. no pudo utilizar los pozos practicados en la zona para anexarlos a la red por diversos factores contaminantes.

Que es responsabilidad de este Cuerpo Legislativo el bregar permanentemente por el mejoramiento de las condiciones de vida de nuestros vecinos dentro de un marco de igualdad de oportunidades.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 154

Art. 1).- SOLICITASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL arbitre los medios necesarios a fin de que las obras de Agua Potable comprendidas en la zona determinada como O2, en el plano “Áreas a servir por la red de distribución de Agua Potable del Distrito Esperanza” confeccionado por la Empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A, en el marco del contrato de renegociación llevado adelante entre el Superior Gobierno de Santa Fe y la citada empresa, se ejecuten en el curso del año 2000.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Marzo 1º de 2000.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     CARLOS ANTONIO CATENA
Secretaria     Presidente H.C.M.