Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 14-04-2020

Ref. Expte. Nº 251585-E-20.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 4053

Art. 1).- AUTORÍZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a PRESCINDIR  de la formalidad de la Licitación Pública, en virtud a la EMERGENCIA SANITARIA establecida por Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, que a su vez amplía la emergencia pública, dictada por Ley N° 27.541, debido a la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) relacionada con el coronavirus COVID-19, adherida por Decreto Municipal N° 15.451/20, de conformidad con lo preceptuado por los Arts. 10 y 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, y los Arts. 1) y 2) -modificado por Ordenanza Nº 4048/19- de la Ordenanza Nº 2928/92 - Régimen Municipal de Contrataciones.

Art. 2).- HABILÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las adquisiciones relacionadas con las necesidades emergentes de la misma pandemia declarada por la O.M.S., a través de las modalidades “compra directa” y “concurso privado de precios”, dado la dificultad de esperar los resultados del procedimiento habitual de las licitaciones públicas y privadas, a partir de la promulgación de la presente y por el término de cien (100) días corridos.

Art. 3).- Las modalidades dispuestas por la habilitación dictada en el Art. 2) se harán extensivas a los insumos relacionados con la enfermedad DENGUE, su prevención y connotaciones sanitarias.

Art. 4).- Las oficinas competentes del municipio encargadas de realizar los procedimientos de compras deberán efectuar la convocatoria a un mínimo de tres proveedores, a fin de permitir la comparación y selección de las ofertas que resulten más convenientes a los intereses municipales.

Art. 5).- A los fines de facilitar la más amplia difusión y participación de oferentes, el D.E.M. convocará a los mismos a través de notificaciones fehacientes personales y/o electrónicas, debiendo publicar cada solicitud de cotización en la Página Web del Municipio.

Art. 6).- DÉJASE expresamente establecido que todas las compras efectuadas por la administración municipal bajo la modalidad dispuesta por la presente ordenanza, deberán ser informadas al Concejo Municipal mensualmente, incluyendo detalles de compras, precios y proveedores.

Art. 7).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Abril 14 de 2020.-

ES COPIA FIEL



 
OMAR C. STEFFEN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
a/c de la Secretaría H.C.M.     Presidente H.C.M.