Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Minuta de Comunicación 25-03-2004

VISTO:

La vigencia de la Ordenanza N° 3379/03 que establece el Régimen de Regularización de deudas y facilidades de pago de las obligaciones fiscales y;

CONSIDERANDO:

Que dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigencia de la citada Ordenanza, hace cada vez más dificultoso, para aquellos contribuyentes que se hallan atrasados en el cumplimiento de sus obligaciones, tener abonado totalmente los vencimientos producidos con posterioridad al 30/11/03.

Que el texto del Art. 2) de la Ordenanza en cuestión establece la obligatoriedad de “encontrarse al día con los vencimientos posteriores al 30 de noviembre de 2003...” pudiéndose interpretar que tal situación se encuadra, no solamente habiendo pagado totalmente esas obligaciones, sino también con la formalización de los convenios de práctica en diez cuotas.

Que a efectos de facilitar el ingreso de la mayor cantidad de vecinos en las disposiciones del Régimen de Regularización de deudas y facilidades de pago, resultaría conveniente reglamentar el citar Art.  2) en el sentido expresado.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Cuerpo Legislativo dictar la norma legal correspondiente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 255

Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal que reglamente el Art. 2) de la Ordenanza N° 3379/03, dando por cumplido el requisito de “encontrarse al día con los vencimientos posteriores al 30/11/03 inclusive” con la formulación de los convenios de pago en 10 cuotas, de práctica habitual en la administración municipal.

Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Marzo 25 de 2004.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     ANA M. G. de ROCHA
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.