Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 11-06-2020

Ref. Expte. Nº 251586-E-20.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 4055

Art. 1).- AUTORÍZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a reducir un 30 % (treinta por ciento) el monto a abonar por los periodos mayo y junio de 2020 de la TASA GENERAL DE INMUEBLES a aquellos contribuyentes que lo soliciten en función del deterioro de su situación económica, como consecuencia de la pandemia provocada por la propagación del COVID 19.

Art. 2).- El beneficio establecido en el artículo precedente deberá ser tramitado personalmente, (presencial y/o de manera digital) en la Dirección de Rentas del Municipio. El contribuyente completará el formulario provisto por el Departamento Ejecutivo Municipal. El mismo tendrá carácter de Declaración Jurada en la que informará los ingresos netos del grupo familiar conviviente; éstos no podrán superar 3 (tres) Salarios Mínimo Vital y Móvil. Es condición además que el solicitante y su cónyuge no sean titulares de dominio de más de un inmueble.

Art. 3).- EXÍMASE el 100% (ciento por ciento), por los meses de mayo y junio del corriente año, del DERECHO DE REGISTRO E INSPECCIÓN a aquellos contribuyentes no exceptuados por los Gobiernos Nacional y Provincial de realizar sus actividades durante la “cuarentena” obligatoria provocada por la pandemia del COVID 19. La exención abarca a los contribuyentes obligados a hacer frente a los montos mínimos establecidos en el Art. 35) de la Ordenanza Tributaria 4047/19.

Art. 4).- DISPÓNESE la postergación de vencimientos en todos los tributos locales, sin ningún tipo de recargo, dada la actual situación de emergencia sanitaria, para mayor comodidad de los contribuyentes y a fin de evitar aglomeraciones, en las siguientes fechas;

- HASTA el 19-06-2020 inclusive PRIMER VENCIMIENTO.

- HASTA el 26-06-2020 inclusive SEGUNDO VENCIMIENTO.

Art. 5).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Junio 11 de 2020.-

ES COPIA FIEL



 
OMAR C. STEFFEN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
a/c de la Secretaría H.C.M.     Presidente H.C.M.