EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 267
Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal envíe a este Concejo Municipal un listado con las propiedades comprendidas en la situación descripta en forma especial en el Art. 9) de la Ordenanza Nº 3318/01, en el fragmento que se transcribe:
"Para costear las obras, impónese una contribución que gravará a los inmuebles edificados o no, con frente a ambas veredas de las calles en la que se proceda a la extensión de la red de desagües cloacales con excepción de aquellos que se encuentren conectados a la red existente construida con anterioridad a la sanción de la presente o cuenten con la posibilidad de hacerlo de acuerdo a la normativa vigente."
Art. 2).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal envíe a este Concejo Municipal, copia de las liquidaciones correspondientes a la extensión de la red de desagües cloacales según Ordenanza Nº 3318/01, de las propiedades detalladas en el listado al que alude el Art. 1) de la presente.
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Junio 10 de 2004.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | ANA M. G. de ROCHA | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |