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Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Bloque PRO - Juntos por el Cambio 06-03-2020

Proyecto de Minuta de Comunicación sobre Olores Nauseabundos en la Ciudad

proyecto-de-minuta-de-comunicacion-sobre-olores-nauseabundos-en-la-ciudad VISTO:
Que son reiterados los olores nauseabundos que se perciben en toda la ciudad de Esperanza, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo N° 41 de la Constitución Nacional establece lo siguiente: Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.
Que el Artículo N° 1973 del Código Civil y Comercial de la Nación establece lo siguiente: Inmisiones. Las molestias que ocasionan el humo, calor, olores, luminosidad, ruidos, vibraciones o inmisiones similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos, no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque medie autorización administrativa para aquéllas. Según las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la remoción de la causa de la molestia o su cesación y la indemnización de los daños. Para disponer el cese de la inmisión, el juez debe ponderar especialmente el respeto debido al uso regular de la propiedad, la prioridad en el uso, el interés general y las exigencias de la producción.
Que desde el Municipio no se informa si las oficinas competentes en el tema han podido establecer cual es la causa fundamental que genera los olores nauseabundos.
Que estos olores reiterados en la ciudad generan, con justa razón, malestar y enojo en los vecinos. Todo ello se debe a que no se conoce de dónde provienen y cuáles son las causas de los mismos.
Que la presencia de estos olores nauseabundos afecta a los propietarios de comercios gastronómicos al aire libre, como son los restaurantes, carribares y patios cerveceros.
Que los malos olores se entienden como un tipo de contaminación ambiental, porque aunque no se conozca si en este caso llegan a ser tóxicos, pueden provocar malestar, molestias respiratorias, alteraciones psicológicas, etc. En otras palabras, la población puede llegar a percibir los olores como un peligro para su salud, ocasionando niveles de descontento tan negativas como cualquier otro problema ambiental. Lamentablemente, en nuestra ciudad se han producido casos en donde muchos vecinos manifestaron haber padecido dificultades respiratorias e inclusive hasta fuertes dolores de cabeza.
Que la presencia de estos olores desagradables es un punto negativo que afecta al turismo, precisamente a aquellos visitantes y turistas que eligen a nuestra ciudad como lugar de paseo, esparcimiento y hasta en muchos casos de residencia.
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley N° 2756 corresponde al Concejo Municipal sancionar la norma legal pertinente,
POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE MINUTA DE COMUNICACIÓN N°…
Art. 1).- SOLICITASE, al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, eleve a este Concejo Municipal un informe en el que se detalle si las oficinas competentes en el tema han actuado y tomado las medidas correspondientes en relación a la presencia de los frecuentes olores nauseabundos que invaden a la ciudad en general. Si el tema fue tratado por quien corresponda, solicitamos que se brinde de manera completa los motivos y/o causas principales que provocan estos olores desagradables y a raíz de ello, si se ha aplicado algún tipo de sanción que permitiera controlar y en lo posible evitar que esto siga ocurriendo. De este modo pretendemos que se logre, por un lado, un mejor bientestar en la comunidad y por otro lado, el cuidado del Medio Ambiente.
Art. 2).- ELÉVESE con los Considerandos precedentes.
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.