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Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Bloque U.C.R. - Juntos por el Cambio 27-04-2022

ORDENANZA s/ La Ordenanza N° 3913/16 del fondo de Asistencia a Entidades Deportivas

ordenanza-s-la-ordenanza-n-3913-16-del-fondo-de-asistencia-a-entidades-deportivas Visto
La Ordenanza N° 3913/16 del fondo de Asistencia a Entidades Deportivas, y;
Considerando
Que el 17 de Noviembre de 2016 fue sancionada la Ordenanza N° 3913 que dispone en su Art. 7).- CONSTITÚYESE un “Fondo de Asistencia a Entidades Deportivas” de la Ciudad de Esperanza integrado por una suma equivalente al 2% del monto total efectivamente recaudado por el Municipio en concepto de Tasa General de Inmuebles, previo descuento del ítem correspondiente a la “Tasa Retributiva por protección y prevención de incendios”.
Que habiendo transcurrido más de cinco años de sancionada la Ordenanza en cuestión parece prudente hacer un balance sobre los resultados que la misma trajo aparejados, fundamentalmente en lo que hace a los efectos y repercusiones que su puesta en marcha tuvo en el funcionamiento de las instituciones deportivas beneficiarias.
Que en forma liminar debemos advertir que, sin lugar a dudas, los giros mensuales que las instituciones beneficiarias perciben se transformaron en una herramienta de suma utilidad para el cumplimiento del objeto social y fines de cada una de ellas.
Que estas instituciones, fruto del trabajo de las comisiones directivas, que dedican tiempo y esfuerzo para verlas crecer, no siempre cuentan con el apoyo y sostenimiento del Estado para la realización de sus fines.
Que estamos convencidos que el fortalecimiento de las instituciones deportivas repercute de manera favorable en la comunidad toda, fue ese el motivo principal por el que, en su momento, apoyamos el proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, lo que permitió transformarlo en ordenanza, y es el que nos motiva para impulsar enérgicamente este proyecto de reforma.
Que en lo que hace concretamente al proyecto que se pone a consideración, es necesario elevar el porcentaje del tributo que permite integrar el fondo y ampliar la nómina de instituciones beneficiarias. Que sin lugar a dudas el estado Municipal es el principal responsable de la contención de niños, adolescentes, y adultos, responsabilidad ésta que no puede soslayarse en modo alguno ni mucho menos ser delegada en instituciones intermedias, las que muchas veces no cuentan con los recursos humanos ni económicos suficientes.
Que, al margen de lo expuesto, durante estos más de cinco años de funcionamiento del FAED el Departamento Ejecutivo Municipal pudo cumplir sin sobresaltos con los giros mensuales impuestos por la Ordenanza N° 3913 motivo por el cual creemos que con los recursos con los que actualmente dispone podrá cumplir con la nueva meta fijada (un 2% más del contemplado en la ordenanza que se modifica por medio de la presente).
Que con la situación a nivel global debido a la pandemia, que ha intensificado la situación que venían atravesando los clubes donde muchas veces los recursos son insuficientes para el sostenimiento de los mismos, este aporte no deja de ser, solo una ayuda para paliar la difícil situación pero no soluciona el problema de fondo que es la falta de apoyo y acompañamiento por parte del estado en todos sus niveles.
Que finalmente, debemos recordar que la Ordenanza N° 3913/16 no fue sancionada por unanimidad, como así también es de recalcar que en los años 2017, 2019 y 2021 hubo modificación en la nómina de integrantes del cuerpo legislativo, motivo por el cual instamos a nuestros actuales pares que acompañen unánimemente esta propuesta que sin lugar a dudas es superadora de la sancionada en su momento.
Que se eleva a consideración del Concejo Municipal un Proyecto de Ordenanza que modifica los artículos 7) y 8) de la Ordenanza N° 3913 de creación del Fondo de Asistencia a Entidades Deportivas (FAED).
POR TODO ELLO,
CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1°).- MODIFÍQUESE el ARTÍCULO 7° de la ORDENANZA N° 3913/16, por el siguiente: Art. 7) CONSTITUYESE un “Fondo de Asistencia a Entidades Deportivas” de la ciudad de Esperanza integrado por una suma equivalente al 4% del monto total efectivamente recaudado por el Municipio en concepto de Tasa General de Inmuebles, previo descuento del ítem correspondiente a la “Tasa Retributiva por protección y prevención de incendios”
Art. 2°).- MODIFÍQUESE el ARTÍCULO 8° de la ORDENANZA N° 3913, por el siguiente: Art. 8) El Fondo así constituido será afectado a un subsidio de giro mensual y en igualdad de proporciones a aquellas instituciones Deportivas que promuevan el desarrollo del deporte con características formativas, siempre que se encuentren afiliados a una Liga.
Art. 3°).- Los fondos serán tomados de las partidas correspondientes del presupuesto vigente.
Art. 4°).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.