EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 2542
Art. 1º).- MODIFICASE la Ordenanza Nº 2535/84 en su art. 2º) el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 2º).- Para procurar dichos acuerdos serán de aplicación las prescripciones del inciso 69 art. 40 de la Ley Provincial Nº 2756 y modificatorias (Org. de Municipalidades)”.-
Art. 2º).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, setiembre 27 de 1984.-
M. NORMA R. de PORTMANN | LUIS E. MACIEL | |
Secretaria | Presidente |