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Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 27-12-2018

VISTO:

La Ordenanza Nº 3999/18, mediante la cual se cambió el sentido de circulación de diferentes calles de la ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que con la ejecución del Plan de Accesibilidad Urbano, se hace necesario reorganizar el sentido de circulación de diferentes calles de la ciudad incluidas en éste Plan, de manera tal que brinde ordenamiento, comodidad y seguridad a los vecinos.

Que las calles de doble sentido, se utilizan comúnmente como nexos prioritarios entre centros barriales de nuestra ciudad.

Que por otra parte resulta necesario continuar con la organización del tránsito vehicular a partir de nuevos criterios, acordes al crecimiento poblacional y comercial de la ciudad, sobretodo la circulación del sector sur, a los efectos de mejorar la dinámica del tránsito y la seguridad vial en dicha zona.

Que no podemos desconocer el conflicto que atañe a calle 97. M. Moreno, como única arteria trascendental de conexión del sector sur con el centro de la ciudad, por lo que se torna imprescindible descomprimir su transitabilidad.

Que desde la Dirección de Seguridad y Orden Público se deben evaluar las características y situaciones particulares de cada una de las calles y del sector en que se encuentran inmersas, para tener una visión más amplia de los beneficios y posibles inconvenientes que de ello se pudieren derivar.

Que respecto del cambio que se realizó a través de la Ordenanza Nº 3999/18 en calle 97- M. Moreno, puede observarse que solo ha provocado mayores inconvenientes de circulación.

Que este cambio de circulación implementado, ha generado una mayor transitabilidad tanto en calle 99- Sarmiento como en calle 101- San Martín.

Que las arterias antes mencionadas no se encuentran en condiciones de transitabilidad a pesar de contar con una obra de ripio con cordón cuneta de pocos años y carecer de iluminación adecuada para ser un ingreso al barrio.

Que consideramos que la decisión tomada respeto del cambio de circulación de calle 97- M. Moreno, lejos de ser una solución solo ha significado un mayor inconveniente para los vecinos del sector.

Que entendemos que hasta tanto no se cuente con una arteria paralela que pueden ser 99- Sarmiento o calle 101- San Martín pavimentada y con la iluminación necesaria para seguridad de los vecinos que ingresan por esas arterias calle 97- Moreno debe continuar de  doble circulación.

Que asimismo debería analizarse la concreción de pavimento en alguna calle transversal entre 97- M. Moreno y 101- San Martin, habida cuenta que calle 144- Zimmermann posee una obra de ripio con cordón cuneta reciente entendiendo que una obra de pavimento en esta arteria hubiese significado una solución definitiva para los vecinos.

Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde al Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.

POR TODO ELLO

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 4017

Art. 1).- MODIFÍCASE el Anexo I – “SENTIDO DE CIRCULACIÓN DE CALLES” de la Ordenanza N° 3926/17, sancionada en fecha 17 de enero de 2017 y sus modificatoria Ordenanza Nº 3999/18, sancionada en fecha 02 de octubre de 2018, en las siguientes calles:

97-0

Mariano Moreno

Tierra

Doble

Entre 142- 27 de febrero y 128- Soler

Pavimento

Doble

 

 

 

 

Entre 128- Soler y 62- Pittier

Pavimento

Sur- Norte

 

 

 

 

Entre 62- Pittier y 60- Denner

Cordón Cuneta

Doble

97-1

Santa Fe

Tierra

Doble

142- 27 de Febrero y 164- Morandín

Pavimento

Doble

Art. 2).- ORDÉNASE al Departamento Ejecutivo Municipal, la realización de la obra de pavimento y alumbrado en las calles 101- San Martín y 99- Sarmiento desde 130- García hacia el Sur, y una calle transversal que conecte 101- San Martín / Corrientes y 97- M. Moreno / Santa Fe.

Art. 3).- ELÉVESE la presente acompañada de los considerandos precedentes.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Diciembre 27 de 2018.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.

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Fecha Sanción Título Observaciones Acciones
28-02-2019 Ordenanza N° 4021 Ver Ordenanza N° 4021Imprimir Ordenanza N° 4021Descargar Ordenanza N° 4021 en PDF

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