EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 2846
Art. 1).- PRORRÓGASE la vigencia de la Ordenanza Nº 2821/90, la presente regirá a partir de su promulgación y hasta la sanción de la nueva Ordenanza especifica sobre parcelamiento y urbanizaciones en el Distrito Esperanza, en el marco del Plan Regulador.-
Art. 2).- Las normas definitivas a que se refiere el articulo anterior podrán ser sancionadas en forma total o fraccionadas, según el orden de prioridad que se considere más conveniente.-
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Abril 17 de 1991.-
M. NORMA R. de PORTMANN | HORACIO ISIDORO GAY | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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09-12-2019 | Ordenanza N° 4045 |