EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 2888
Art. 1).- MODIFICASE el Art. 50) de la Ordenanza 2385 (Organigrama Municipal), el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 50).- Dependerán de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos:
“a) La División Obras y Servicios de Gas Domiciliario, estará a cargo de un Jefe, secundado por el personal necesario. Serán funciones de la División las siguientes:
“1- Proyectar, ejecutar y dirigir la obra de tendido de la Red de Distribución Domiciliaria del Gas Natural incluyendo: medición, cálculo y cómputo de distintas zonas de la red; ejecución de excavaciones, relevamiento de manzanas y ejecución de planchetas, etc.-
“2- Control del funcionamiento de la red de gas natural y estación reductora.-
“3- Inspección de instalaciones internas, control del servicio a los usuarios, conexión de servicios.-
“4- Lectura de medidores y procesamiento de la información; facturación, comercialización.
“5- Atención servicios de emergencias.-
“6- Inscripción de matriculados.-
“7- Recepción y supervisión de tramitaciones de instalaciones internas".-
“8- Toda otra tareas afín que se le encomiende".-
“b) La Dirección de Obras y Servicios Públicos”.-
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Febrero 20 de 1992.-
M. NORMA R. de PORTMANN | RAFAEL A. DE PACE | |
Secretaria | Vice-Presidente 1º a/c | |
de la Presidencia |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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25-08-1992 | Ordenanza N° 2925 |