EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3000
Art. 1).- DEJANSE SIN EFECTO las Ordenanzas Nº 2662/87 y 2894/92.-
Art. 2).- SUSTITUYESE la parte pertinente del Art. 1) de la Ordenanza Nº 2104/76, por el texto que a continuación se detalla:
“Art. 1).- DECLARASE DE UTILIDAD PÚBLICA y sujeta a PAGO OBLIGATORIO por parte de los propietarios de los inmuebles beneficiados por las obras, la continuidad de la red de distribución de agua potable dentro de los límites de la zona “urbanizada de Esperanza, delimitada por el Art. 1) de la Ordenanza General Impositiva Anual.-
“Quedarán excluidos del área antes mencionada ...............................................”
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Noviembre 11 de 1993.-
M. NORMA R. de PORTMANN | HORACIO ISIDORO GAY | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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14-04-1987 | Ordenanza Nº 2662 | ||
19-03-1992 | Ordenanza N° 2894 | ||
26-11-2001 | Ordenanza N° 3319 |