VISTO:
El expediente de la referencia, mediante el cual se solicita se establezcan las áreas donde puedan radicarse plantas de tratamientos de residuos domiciliarios, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer la normativa respectiva.-
Que el tratamiento y/o reciclaje de los residuos domiciliarios es un hecho necesario para la preservación del ambiente y la calidad de vida.-
Que es necesario legislar para brindar una solución a este problema que se ha convertido a nivel mundial en una de las prioridades de difícil solución.-
Que las áreas destinadas a este fin deben estar relativamente alejadas de los centros urbanos.-
Que en virtud de las facultades legislativas que le confiere la Ley Nº 2756, corresponde a este Concejo Municipal dictar la norma legal pertinente.
POR TODO ELLO
EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3003
Art. 1).- ESTABLÉCESE la siguiente zonificación, de acuerdo al plano adjunto, que es parte integrante de la presente, para la INSTALACIÓN de PLANTAS PROCESADORAS de RESIDUOS DOMICILIARIOS, Distritos: IC2 desde calle 58- Bosch al Norte; IM; IR y RIM, desde prolongación de calle 68- Oroño al Norte.-
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Diciembre 9 de 1993.-
M. NORMA R. de PORTMANN | HORACIO ISIDORO GAY | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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09-12-2019 | Ordenanza N° 4045 |