EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3987
Art. 1).- INCORPÓRASE como penúltimo párrafo del Art. 5).- de la Ordenanza Nº 3967/17 lo siguiente: “En el caso de las liquidaciones de inmuebles construidos bajo el régimen de propiedad horizontal, este valor mensual mínimo no se aplicará a las Unidades Funcionales cuyo destino sea cocheras, depósitos u otros asimilables de acuerdo a los que establezca la reglamentación”.
Art. 2).- DEROGASE la Ordenanza Nº 3972/18.
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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26-12-2019 | Ordenanza N° 4047 |