EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3979
Art. 1).- MODIFICASE el último párrafo del Art. 1) de la Ordenanza Nº 2930/92, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Las infracciones al inciso a): conforme inciso 93 de la Ordenanza Nº 2842/91; las infracciones a los incisos b) y c) serán sancionadas con una multa de entre 100 y 10.000 UF, según la gravedad del caso y conforme documentación probatoria fehaciente que deberá aportar la Secretaria de Servicios Públicos.
Las reincidencias serán sancionadas en un todo de acuerdo con lo que prevé el Código de Procedimiento Municipal de Faltas, Ordenanza Nº 3374/03”.
Art. 2).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |