EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA EL SIGUIENTE
DECRETO Nº 10
Art. 1º).- Modificase al Art. 2º del Decreto Nº 8 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“La misma funcionará los días lunes en horario de 9 a 12 hs. en invierno y de 8 a 11 hs. en verano, en los lugares a determinarse por el Departamento Ejecutivo.”
Art. 2º).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, marzo 1º de 1984.-
NORMA R. de PORTMANN | LUIS E. MACIEL | |
SecretarIa | Presidente |