EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3467
Art. 1).- AUTORÍZASE al Ministerio de Asuntos Hídricos de la Provincia de Santa Fe y/o a la/s Empresa/s que resulte/n adjudicataria/s, a efectuar los trabajos correspondientes a las obras del Proyecto “Reacondicionamiento Canal Sur Esperanza - Departamento Las Colonias”, en lo referente a la afectación y disposición de espacios públicos y caminos públicos de red urbana, suburbana y rural; comprendiendo tal autorización las posteriores tareas de conservación y mantenimiento.-
Art. 2).- Las obras corresponderán al proyecto definitivo que apruebe la mencionada repartición y que autoricen los organismos que financian el emprendimiento.-
Art. 3).- El cumplimiento de todos los trabajos se efectuará ordenadamente desarrollando los trabajos competentes que garanticen los escurrimientos en los cruces con los canales existentes, los caminos y campos particulares, asegurando la transitabilidad dentro de las normas de seguridad vigentes.-
Art. 4).- El Ministerio de Asuntos Hídricos no podrá modificar el proyecto sin la previa autorización de las Autoridades Municipales, comprometiéndose por otra parte a gestionar los acuerdos con los productores afectados para contar con los permisos de paso respectivos en los ámbitos privados.-
Art. 5).- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Planeamiento, resultará ser el Organismo de Control, que verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en esta Ordenanza.-
Art. 6).- Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes, la ejecución de los trabajos inherentes al Proyecto citado en el Art. 1).-, deberán ser ejecutados conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 3101/96.-
Art. 7).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Julio 06 de 2006.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | JOSÉ CARLOS ANDREOLI | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |