Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Decretos 23-07-1986

Ref. Expte. Nº 0779-D-86.-

VISTO: el expediente Nº 0779-D-86, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 2436 de 30-12-85, el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación otorgó a la Municipalidad de Esperanza un subsidio especial de $ 56.000.- con destino a la construcción de 20 viviendas prefabricadas tipo “Erradicación de Ranchos”, en el Barrio “Ceferino Namuncurá” de esta ciudad.-

Que por Resolución Nº 7703 del 7 de Febrero de 1986, el Departamento Ejecutivo Municipal, acepta ad referéndum del Concejo Municipal el subsidio otorgado.-

Que oportunamente fueron elevados las actuaciones a este Concejo para su aprobación y para la creación de la Partida específica para el ingreso de la suma acordada, trámites que fueron cumplimentados.-

Que la cláusula 3º del Convenio suscripto por el Intendente Municipal con el Ministerio expresa textualmente: “LA BENEFICIARIA se obliga a ingresar los fondos acordados en una cuenta de Banco Oficial que le permita su uso inmediato para el cumplimiento de la finalidad del subsidio. Los fondos y los intereses que eventualmente se obtengan deberán ser usados en el destino para el que se dieron dentro de un plazo máximo de SEIS MESES  a partir de la fecha de recepción de la lº cuota, caso contrario EL MINISTERIO podrá declarar la CADUCIDAD del acto que dispuso el subsidio, con las consecuencias establecidas en el art. noveno del presente convenio”.- De allí se desprende la urgencia que reviste el caso que nos ocupa dado que en fecha 9 de abril de 1986 ingresó la suma de $ 22.000.- como 1ª cuota del subsidio otorgado.-

Que por Decreto Nº 3134 el Departamento Ejecutivo Municipal llamó a Licitación Pública para adjudicar la provisión de mano de obra y materiales para la construcción de las 20 viviendas.-

Que sólo se presentaron dos ofertas, la Empresa Constructora Pedro Pilatti y Cía. S.A. y Casa Heinzen de Orlando V. Heinzen.-

Que ambas ofertas sobrepasaban ampliamente el presupuesto oficial de la obra y consecuentemente la Partida específica en la que oportunamente se ingresó el subsidio otorgado por el Ministerio de Salud Pública, no cuenta con fondos suficientes como para afrontar la erogación. En efecto, la oferta menor fue de $ 4.490.- por unidad, importe que multiplicado por las 20 viviendas licitadas hace la suma de $ 89.800.-

Que por ello, por Resolución Nº 8402 de fecha 17 de Julio próximo pasado, el Departamento Ejecutivo Municipal desestimó las ofertas presentadas a la Licitación.-

Que como resultado de gestiones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal, el Sr. Heinzen ofrece un presupuesto mediante el cual reduce los trabajos a realizar y por consiguiente la reducción en el valor final de las viviendas. Asimismo se ofreció a la Empresa Pilatti la confección de un nuevo presupuesto ajustándose a las nuevas condiciones con el objeto de conservar el principio de igualdad de oportunidades a los oferentes.-

Que de resultas de ello se deduce que la propuesta más favorable  a los intereses municipales es la presentada por el Sr. Heinzen.-

Que teniendo en cuenta que llamando a una nueva Licitación  se excedería el término otorgado por el Ministerio para que caduque el beneficio otorgado con el consiguiente perjuicio para la comunidad esperancina.-

Que por todo lo expuesto, este Concejo entiende:

a) Que se encuentra debidamente justificada la declaración de la urgencia del caso, y como consecuencia de ello, de acuerdo a lo prescripto por el art. 11 de la Ley  Nº 2756, prescindir  del requisito del nuevo llamado a Licitación.-

b) Que se ha respetado el principio de igualdad de posibilidades para los oferentes que se han presentado al llamado a Licitación.-

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA EL SIGUIENTE

DECRETO Nº 35

Art. 1).- DECLARASE DE URGENTE NECESIDAD, la compra de los materiales y contratación de la mano de obra para la construcción de 20 viviendas en el Barrio “CEFERINO NAMUNCURÁ”.-

Art. 2).- AUTORIZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPA a ACEPTAR la OFERTA efectuada por el Sr. ORLANDO VENANCIO HEINZEN, obrante a fojas 105 del expediente Nº 0779-D-86.-

Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-

SALA DE SESIONES, Julio 23 de 1986.-

ES COPIA FIEL



 
M. NORMA R. de PORTMANN     LUIS E. MACIEL
Secretaria     Presidente