Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 24-06-2010

Ref. Expte. Nº 120586-G.05 y adjto Nº 98976-E-02..-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 3603

Art. 1).- DESAFÉCTASE del DOMINIO PÚBLICO la FRACCIÓN DE TERRENO, donada por la Sra. Olga Beatriz Eckard de Engler y aceptada por Ordenanza 3390/04, destinada a espacio verde y/o equipamiento comunitario, ubicada en la Concesión 39 Sección Este Manzana 16 de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, que según “Plano de Mensura y Urbanización” obrante a fojas 25 del expte 98.976-E-02 confeccionado por el Agrimensor Ricardo Pedro Perco, se individualiza como Lote “1” (lote Ev) y tiene el siguiente destino y superficie:

Lote “1”(Ev): Superficie 2.563,83 m2

Norte: 40,91 m. linda con terreno propiedad de Noemí E. Eckard de Engler.
Este: 62,68 m. linda con lote Nº 2 de la manzana 16.
Sur: 40,91 m. linda con calle 98- Chacabuco.
Oeste: 62,68 m. linda con Parcela “C” destinada a prolongación de calle 129- D. Vélez Sársfield.

Art. 2).- PERMUTASE la fracción de terreno individualizada en el Art. 1) de la presente, por la ubicada en la Concesión 39 Este Manzana 16 de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe, de propiedad de la Sra. Olga Beatriz Eckard de Engler que según “Plano de Mensura y Subdivisión” obrante a fojas 31 del Expte. Nº 98976-E-02, confeccionado por el Agrimensor Ricardo Pedro Perco, que se individualiza como Lote Ev y se identifica a continuación:

Lote Ev del plano aludido, con las siguientes medidas y linderos:

Norte: 40,91 m - linda con calle 96 – 3 de Febrero
Sur: 40,91 m - linda con calle 98 - Chacabuco
Este: 62,68 m - linda con Lotes 1, 2 y 3 del plano de mensura Nº 100.175
Oeste: 62,68 m - linda con Lotes 4 y 9 de la misma propietaria

Superficie: 2.563,83 m2

El inmueble será destinado a “espacios verdes y/o equipamiento comunitario”

Art. 3).- A los efectos de incorporar al patrimonio municipal la fracción donada, DISPÓNESE la aplicación del Punto 3.7. de la Ordenanza Nº 2916/92.

Art. 4).- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a realizar todas las gestiones que  sean necesarias y por ante las autoridades, organismos o dependencias que correspondan, a fin de inscribir el dominio a nombre de la Municipalidad de Esperanza, de la fracción de terreno individualizada en el Art. 2) de la presente.

Art. 5).- El Escribano interviniente será el encargado de realizar todas las gestiones a fin de cumplimentar la presente.

Art. 6).- Los gastos de mensura y escrituración y/o  inscripción dominial de los inmuebles que se permutan, correrán por cuenta de donataria Sra. Olga B. Eckard de Engler.

Art. 7).- El profesional interviniente deberá proceder a la corrección del plano de fojas 31 (Expte. Nº 98976-E-02) ya que gráficamente no coincide con la descripción del Art. 2) de la presente. Dicho plano, con la correcciones exigidas, será aprobado una vez verificado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos estipulados en la Ordenanza Nº 2916/92.

Art. 8).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Junio 24 de 2010.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.