EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 4067
Art. 1).- ADHIÉRESE la MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA a la Ley Provincial 13696/18, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, estableciendo como causal de licencia laboral la “Violencia de Género” para todos los agentes comprendidos en el Estatuto del Personal Municipal, el Estatuto del Personal del Liceo Municipal, el Estatuto de la Banda Municipal y el Concejo Municipal previéndose una licencia especial por tal motivo.
Art. 2).- A los fines de la presente, se entiende como “Violencia de Género” la definición establecida por la Ley Nacional Nº 26485/09 y la Ley Provincial Nº 13348/13.
Art. 3).- FACÚLTASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a reglamentar la presente, con intervención de las áreas pertinentes del Municipio.
Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Agosto 31 de 2020.-
OMAR C. STEFFEN | Dr. VÍCTOR MANUEL ELENA | |
a/c de la Secretaría H.C.M. | Presidente H.C.M. |