Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Ordenanza 27-03-2014

Ref. Expte. Nº 181416-C-12.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 3800

Art. 1).- DISPÓNESE la DESAFECTACIÓN del DOMINIO PÚBLICO de una FRACCION de TERRENO que forma un polígono irregular de 20 mts. de ancho x 418,54 mts. x 20 mts. x 428,10 mts., cuya superficie aproximada es de 8.554,22 m2, y que actualmente forma parte de la prolongación de calle pública 74- Aristóbulo del Valle desde calle colectora de Ruta Nº 6 hasta calle 131- Gonella de la ciudad de Esperanza.

Art. 2).- DISPÓNESE la VENTA DIRECTA a la COMPAÑÍA REGIONAL DE LÁCTEOS ARGENTINA S.A. (CORLASA) de una FRACCION de TERRENO de propiedad de la Municipalidad de Esperanza, que forma un polígono irregular de 20 mts. de ancho x 418,54 mts. x 20 mts. x 428,10 mts., y que actualmente forma parte de la prolongación de calle pública 74- Aristóbulo del Valle desde calle colectora de Ruta Nº 6 hasta calle 131- Gonella de la ciudad de Esperanza.

Superficie: 8.554,22 m2, aproximadamente. Las medidas definitivas serán las que surjan del plano de mensura que confeccionarán los nuevos propietarios, en un plazo no mayor de 60 días.

Art. 3).- El procedimiento de venta será el previsto en la Ordenanza Nº 2928/92. Los adquirentes pagarán la totalidad de los gastos de escrituración, plano de mensura y todo otro que resulte de la transferencia del bien.

Art. 4).- Luego de dictada la norma legal donde se disponga la adjudicación del terreno, los compradores entregarán en pago al Municipio por la fracción de terreno descripta, la totalidad de los materiales necesarios para la íntegra realización de un conducto cerrado en H° A° sobre calle 72- Alem, entre calles 115- 1º de Mayo y Ruta Nº 6, así como la totalidad de los materiales necesarios para la íntegra realización de la obra de entubamiento del Canal de calle 72- Alem entre Ruta Nº 6 y calle 131- Gonella, la que comprederá la construcción de un desagüe de 485,00 m de longitud, con tubería de H° A° de 1,50m de diámetro. Los bienes dados en pago serán debidamente especificados por el Departamento Ejecutivo Municipal, quien tendrá a su cargo la realización de las obras,  y entregados por la empresa en el lugar que éste designe dentro de los 30 días posteriores a la adjudicación.

Art. 5).- AUTORÍZASE a la titular del Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la respectiva escritura traslativa de dominio a favor de los compradores.

Art. 6).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Marzo 27 de 2014.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Lic. CRISTIAN RICARDO CAMMISI
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.