EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 3926
Art. 1).- ESTABLÉCESE como DIRECCIÓN DE CIRCULACION DEL TRANSITO de las calles de la ciudad de Esperanza las enunciadas en el Nomenclador que se adjunta a la presente como ANEXO I.
Art. 2).- ESTABLÉCESE DOBLE SENTIDO de circulación para las CALLES DE TIERRA, excepto que mediante norma específica se fije un sentido determinado.
Art. 3).- ESTABLÉCESE DOBLE SENTIDO de circulación para el tramo correspondiente a CALLES SIN SALIDA.
Art. 4).- ESTABLÉCESE DOBLE SENTIDO de circulación para los PASAJES excepto que mediante norma específica se fije un sentido determinado.
Art. 5).- ESTABLÉCESE DOBLE SENTIDO de circulación para las CALLES COLECTORAS DE RUTAS.
Art. 6).- Las calles incluidas en el Plan de Accesibilidad Vial Urbano, tendrán el sentido de circulación estipulado en la presente norma, el cual adquirirán al finalizar la ejecución de las obras correspondientes y se encuentren habilitadas por la Secretaria de Obras Públicas para la circulación, previa señalización adecuada, etapa de divulgación comunicacional y de control.
Art. 7).- PROHÍBESE la circulación del transporte de cargas, y de ómnibus, y colectivos en las calles con cordón-cuneta y ripio, en los días de lluvia y las 48 horas posteriores, a los efectos de preservar la obra.
Art. 8).- PROHÍBESE la circulación y/o estacionamiento de transporte pesado de cargas, en las calles con cordón-cuneta y ripio, excepto que lo realicen con la única finalidad de ejecutar tareas de carga y descarga.
Art. 9).- ESTIPULASE un plazo de 90 días luego de promulgada la presente Ordenanza, para la adecuación e información a los vecinos afectados a dichas modificaciones en el tránsito.
Art. 10).- El DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL implementará los mecanismos necesarios para el cumplimiento de esta Ordenanza en cuanto a señalización, difusión y medidas de control.
Art. 11).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Enero 17 de 2017.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | N. ANDREA MARTÍNEZ | |
Secretaria H.C.M. | Presidente H.C.M. |
Fecha Sanción | Título | Observaciones | Acciones |
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28-02-2019 | Ordenanza N° 4021 |