EL CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN Nº 439
Art. 1).- SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que por intermedio del representante municipal ante la Comisión Administradora del S.A.M.Co. Esperanza, se proceda a efectuar un informe completo y pormenorizado, teniendo en cuenta todos los aspectos del servicio de emergencia (Te. Nº 107) que presta el S.A.M.Co. Esperanza (autogestión). El mismo, deberá tener en cuenta y evaluar su estado actual, sus posibilidades futuras, estadísticas, calidad de las prestaciones, información económico-financiera (recursos, costos, gastos, etc. de toda índole y fuentes), información patrimonial, etc. Así como, todas otras cuestiones que considere de interés para que tanto el Concejo Municipal y/o el Departamento Ejecutivo Municipal puedan contar con la información necesaria, confiable y oportuna, a fin de tomar las decisiones y realizar las acciones que corresponden a sus respectivas competencias.
Art. 2).- Dicho informe deberá producirse y ser enviado a este Concejo Municipal en el término de 45 días de la sanción de la presente.
Art. 3).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
SALA DE SESIONES, Noviembre 30 de 2006.-
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN | JOSÉ CARLOS ANDREOLI | |
Secretaria | Presidente H.C.M. |