Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 26-11-2009

Ref. Exptes. Nº 152588-C-09, Nº 151490-R-09 y Nº 147742-C-09.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 555

Art. 1).- AUTORÌZASE al Ingeniero Electricista DANIEL ALCIDES REY, en representación de los titulares del predio, para ejecutar obras en la vía pública, consistentes en la electrificación del loteo propiedad de las Sras. MABEL ADELA CALCAGNI DE MAGULL y NOEMÍ INÉS CALCAGNI DE SALINAS, ubicado en calle 125- Rafaela, entre 116- López y Planes y 120- Alvear de esta ciudad.

La obra consiste en el tendido de 168 metros sobre calle 125- Rafaela, desde su intersección con 116- López y Planes, hacia el Sur por vereda Oeste, desde una retención existente de hormigón.

Se deberá atender especialmente a la ubicación de las tres columnas de hormigón que limitan con aperturas de futuras calles (118- Dr. Gálvez y 120- Alvear).

Para la ejecución de las obras se usarán los soportes de retención con poste de hormigón armado (TN-1031) y postes de madera TN-108f), siendo el cable del tipo preensamblado de aluminio de 3 x 70 + 1 x 50 + 1 x 25 mm² de sección. El total del tendido para el cable conductor, teniendo en cuenta el 5% para generar la flecha necesaria para la reducción del tiro hasta valores nominales, y un adicional para hacer los puentes y cambios de dirección, es de 180 metros, todo de acuerdo con los típicos constructivos aportados por la Dirección Provincial de la Energía.

Como obra civil se dispone la colocación de 2 columnas de HºAº 8,50/400; 1 columna de HºAº 8,50/1050 y 4 postes de eucaliptus tratado de 7,50 m. (tendido eléctrico red de baja tensión). Se adjunta plano de obra de fojas 11, el que forma parte de la presente.

Para la obra de Alumbrado Público de este loteo, se ha previsto la colocación de 5 columnas con luminarias marca Strand JC 250 TUC con lámparas de vapor de sodio de 150W y equipo auxiliar, en calle 125- Rafaela, entre 116- López y Planes y 120- Alvear. Las columnas de alumbrado serán instaladas de acuerdo con las exigencias de la División Alumbrado Público del Municipio. Se adjunta plano de obra de fojas 20, el que forma parte de la presente.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que se pudieren ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad técnica extendida por la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Noviembre 26 de 2009.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     Dr. ANDRÉS JAVIER GRENÓN
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.