Escudo Concejo Municipal

Concejo Municipal ciudad de Esperanza

Resolución 17-03-2011

Ref. Expte. Nº 164312-P-10.-

EL CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN Nº 615

Art. 1).- AUTORÍZASE al Ingeniero Electricista LUIS DANIEL GUALA, en representación del titular del predio para ejecutar la obra de electrificación del loteo propiedad del Sr. JORGE OMAR PRUVOST, ubicado entre las calles 110- Güemes, 69- Saavedra Lamas y 114- 9 de Julio, de la ciudad de Esperanza, Departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe.

La obra general consiste en la construcción de 250,05 metros de línea aérea de baja tensión 0.400-0.231 kV.

Sobre la calle 114- 9 de Julio a 33,40 m. de calle 69- Saavedra Lamas llega una línea aérea de baja tensión 0.400- 0,231 kV, hasta un poste HºAº 8,50/1050 (punto de acometida dado por la EPE). De aquí a los 30,40 m. se coloca un poste HºAº 8,50/ 400 para cruzar calle 69- Saavedra Lamas haciendo un tendido de 195,25 m. hacia el Norte hasta pasar por calle 110- Güemes y retener en otro poste HºAº 8,50/1050 existente. Los soportes de HºAº donde el neutro no se corta no se ponen a tierra.

La base de los postes de 8.50/1050 es de 0,65 x 0,65 x 1,80 m. con un empotramiento de 1,60 m. utilizándose hormigón elaborado tipo H17; los postes de HºAº 8,50/400 y los postes de madera tratada de 7,50 m. van directamente enterrados a 1,60 m. y a 1,40 m. respectivamente. La colocación de postes se hacen en proyección de líneas medianeras y los de esquina salvando las ochavas.

En cuanto al alumbrado público se destaca que ya es existente.

Como obra civil se menciona la colocación de 4 columnas de HºAº 8,50/400, 2 columnas de HºAº 8,50/1050 y 4 postes de eucaliptos tratado de 7,50 m. (tendido eléctrico red de baja tensión), no presentando ningún inconveniente técnico para su instalación.

Art. 2).- Los nombrados serán los únicos responsables por los daños y perjuicios que pudieran ocasionar con la ejecución de las obras autorizadas, las que deberán realizarse en un todo de acuerdo con lo que disponen las Ordenanzas Nº 2762/89 y Nº 3101/96 (modificada por Ordenanza Nº 3406/04).

Art. 3).- Se deja expresamente establecido que previo al inicio de las obras los responsables deberán presentar la factibilidad por parte de la E.P.E.

Art. 4).- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

SALA DE SESIONES, Marzo 17 de 2011.-

ES COPIA FIEL



 
Dra. M. NORMA R. de PORTMANN     RAFAEL ANTONIO DE PACE
Secretaria H.C.M.     Presidente H.C.M.